Yoselin González Derecho Municipal Tesis | Page 69
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según lo indica el C.M. el cual manifiesta: “n) Ostentar la representación legal
de la municipalidad, con las facultades que le otorguen la presente ley y el
Concejo Municipal” (C.M., 2013, p. 32) ver anexo #2.
En el ámbito propiamente de los empleados municipales le corresponde
crear las plazas o puestos necesarios, según el artículo 17 se contempla: “j)
Proponer al Concejo la creación de plazas y servicios indispensables para el
buen funcionamiento del gobierno municipal” (C.M., 2013, p. 32) ya que como
administrador observa las debilidades de la institución y debe buscar la manera
de suplirlas, pero para ello dependerá del presupuesto y la disponibilidad de
dinero para cubrir los gastos que las nuevas plazas demanden, así como la
aprobación por parte del Concejo en pleno para realizarlo ante la C.G.R. Ver
anexo #2.
Como administrador de la institución le corresponde además de crear
plazas y nombrar a los funcionarios, también la potestad de removerlos o bien
sancionarlos, para lo que el C.M. manifiesta: “k) Nombrar, promover, remover al
personal de la municipalidad, así como concederle licencias e imponerle
sanciones; todo de acuerdo con este código y los reglamentos respectivos. Las
mismas atribuciones tendrán sobre el personal de confianza a su cargo” (C.M.,
2013, p. 32) en vista de ser el administrador de la institución debe atender las
necesidades de sus empleados en materia laboral como licencias, también las
sanciones respectivas siempre respetando el debido proceso, o bien la
remoción de los funcionarios que por razones establecidas legalmente deban