Yoselin González Derecho Municipal Tesis | Page 256
237
Asamblea Legislativa. c) Dictar los reglamentos de la Corporación, conforme a
esta ley. d) Organizar, mediante reglamento, la prestación de los servicios
municipales. e)Celebrar convenios, comprometer los fondos o bienes y
autorizar los egresos de la municipalidad, excepto los gastos fijos y la
adquisición de bienes y servicios que estén bajo la competencia del Alcalde
municipal, según el reglamento que se emita, el cual deberá cumplir con los
principios de la Ley de Contratación Administrativa, No. 7494, de 2 de mayo de
1995 y su reglamento. f) Nombrar y remover a la persona auditora, contadora,
según el caso, así como a quien ocupe la secretaría del Concejo. (Así
reformado el inciso anterior por Ley N° 8679 del 12 de noviembre de 2008). g)
Nombrar directamente, por mayoría simple y con un criterio de equidad entre
géneros, a las personas miembros de las juntas administrativas de los centros
oficiales de enseñanza y de las juntas de educación, quienes solo podrán ser
removidos por justa causa. Además, nombrar, por igual mayoría, a las personas
representantes de las municipalidades ante cualquier órgano o ente que los
requiera. (Así reformado el inciso anterior por Ley N° 8679 del 12 de noviembre
de 2008). h) Nombrar directamente y por mayoría absoluta a los miembros de
la Comisión Municipal de Accesibilidad (Comad), quienes podrán ser removidos
por el Concejo, por justa causa. La Comad será la encargada de velar por que
en el cantón se cumpla la Ley Nº 7600, Igualdad de Oportunidades para las
Personas con Discapacidad, de 2 de mayo de 1996; para cumplir su cometido
trabajará en coordinación con el Consejo Nacional de Rehabilitación y
Educación Especial (Cnree) y funcionará al amparo de este Código y del