Yoselin González Derecho Municipal Tesis | Page 195
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ecológicamente equilibrado. Por ello, está legitimada para denunciar los actos
que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado. El
Estado garantizará, defenderá y preservará ese derecho. La ley determinará las
responsabilidades y las sanciones correspondientes. (*) Reformado el artículo
50 por el artículo 1 de la Ley N° 7412 de 3 de junio de 1994, publicada en La
Gaceta N° 111 de 10 de junio de 1994.
Artículo 51.- La familia, como elemento natural y fundamento de la sociedad,
tiene derecho a la protección especial del Estado. Igualmente tendrán derecho
a esa protección la madre, el niño, el anciano y el enfermo desvalido.
Artículo 52.- El matrimonio es la base esencial de la familia y descansa en la
igualdad de derechos de los cónyuges.
Artículo 53.- Los padres tienen con sus hijos habidos fuera del matrimonio las
mismas obligaciones que con los nacidos en él. Toda persona tiene derecho a
saber quiénes son sus padres, conforme a la ley.
Artículo 54.- Se prohíbe toda calificación personal sobre la naturaleza de la
filiación.
Artículo 55.- La protección especial de la madre y del menor estará a cargo de
una institución autónoma denominada Patronato Nacional de la Infancia, con la
colaboración de las otras instituciones del Estado.
Artículo 56.- El trabajo es un derecho del individuo y una obligación con la
sociedad. El Estado debe procurar que todos tengan ocupación honesta y útil,
debidamente remunerada, e impedir que por causa de ella se establezcan
condiciones que en alguna forma menoscaben la libertad o la dignidad del