XIV EDICION CONFRONTACIONES 14 | Page 18

Art. 113 LPA DESISTIMIENTO, RENUNCIA, PRESCRPCIÓN Y CADUCIDAD En cualquier caso, el efecto jurídico es que el procedimiento administrativo termina de forma anormal, es decir, sin que la autoridad administrativa se pronuncie respecto al objeto de la petición o del procedimiento. FIGURA CAUSAS Desistimiento Inactividad Renuncia Manifestación expresa Inactividad de parte de la administración Inactividad de interesado Prescripción Caducidad EFECTOS Disposiciones legales Fin del Art. 115 y 116 procedimiento LPA Se renuncia a Art. 115 y 116 un derecho LPA El administrado Art. 148 LPA queda libre de responsabilidad El administrado Art. 117 LPA pierde su derecho a resolución Se puede desistir a un procedimiento a favor de los particulares y se puede renunciar a los derechos de los mismos, siempre que no se afecta el interés colectivo y no estemos ante derechos irrenunciables. Estando pendiente un procedimiento sancionatorio en contra de un administrado, éste prescribirá si transcurre el plazo establecido por la ley y la administración no inicie acción alguna para perseguir el administrado. Art. 148 y 149 LPA La caducidad opera cuando el interesado no haga de su parte lo pertinente, para impulsar las actuaciones de la administración a efecto de hacer valer sus derechos.