Ley de Deslinde y Colonización de Terrenos Baldíos
Con el propósito de promover el desarrollo de la agricultura para favorecer el comercio exterior, a partir de 1883 el gobierno promulgó una serie de leyes por medio de las cuales ponía a disposición de compradores privados, y a precios muy bajos, las tierras consideradas como baldías.
La ley que amparó la expropiación de tierras, y que entre 1884 y 1907 afectó alrededor de 49 millones de hectáreas, fue la llamada Ley de Deslinde y Colonización de Terrenos Baldíos, promulgada en 1883.
Numerosas tierras declaradas "baldías" eran propiedad de comunidades indígenas, y fueron incorporadas a las zonas deslindadas sin que sus auténticos dueños pudieran hacer valer sus derechos, pues muchos de ellos carecían de títulos de propieda, y en los casos que tal documento existiera, no correspondía a las normas vigentes, desconocidas por la mayoría de los indígenas, cuya ignorancia al respecto era aprovechada por los especuladores para invalidar los títulos de propiedad.
La ley mencionada autorizaba a los colonos, ya fueran extranjeros o nacionales, a denunciar las tierras inactivas y a constituir compañias deslindadoras, con las que el gobierno establecía contratos. Los colonos o las compañias recibían como pago un tercio de las tierras deslindadas, y se les concedía además el derecho de adquirir los otros dos tercios con tarifas preferenciales. En los siguientes años, las leyes fueron cada vez más favorables para las compañías deslindadoras; en 1893 se suprimió el límite de 2 mil 500 hectáreas por persona y se eliminó la obligación de poblar los terrenos; se dispuso además que los ejidos y tierras comunales fueran separados en lotes, autorizándose a los usufructuaruis oara enajenarlos.
Ley de Tierras y Enajenación de Baldíos
En 1894, se aprueba esta ley, donde se ratificaba el derecho de todo ciudadano a adquirir, por denuncia, terrenos baldíos o de propiedad nacional, pero en este caso ya no se fijaba límite alguno de superficie.
Hubo algunos casos en los que se deslindaron terrenos verdaderamente baldíos, como en los estados del norte de la República, poco poblados y mal comunicados, en donde tales tierras pasaron a ser propiedad de compañías y de particulares extranjeros, principalmente estadounidenses e ingleses. Sin embargo, en el norte también hubo despojo de tierras comunales indígenas como la de los yaquis y mayos en Sonora.
En el sur y sureste se dio en mayor grado el deslinde de las tierras, con el consecuente daño para comunidades indígenas. En cambio, en la zona del centro el deslinde sólo alcanzó el 1.27% de su superficie.
NUEVAS LEYEs creadas en el porfiriato