VIDAMÉDICA / Reportaje { 25
LA EXCEPCIÓN EN OCCIDENTE En el Reino Unido, el organismo principal que regula y acredita a los médicos es el General Medical Council( GMC). Este es un organismo regulador independiente que garantiza que los médicos que ejercen en el país cumplen con los estándares profesionales y éticos necesarios. El GMC registra a los facultativos y les otorga una licencia para ejercer. Además, existen los Royal Colleges, como el Royal College of Physicians y el Royal College of Surgeons, que otorgan reconocimientos y certificaciones a los médicos, como el MRCP( UK). El General Medical Council( GMC) fue creado en 1858, cuando“ los antibióticos aún estaban a décadas de ser descubiertos y el NHS( Servicio Nacional de Salud) era un sueño lejano”, destaca la descripción de su sitio web. Antes de su creación bajo la Ley Médica( Medical Act), existían 19 organismos que regulaban la profesión médica en el Reino Unido. Cada uno de ellos utilizaba pruebas distintas para evaluar la competencia. Incluso el arzobispo de Canterbury tenía, al menos en teoría, el derecho de emitir licencias para ejercer la medicina.“ En el último tiempo hemos sido testigos de casos muy complejos y vergonzosos que han afectado principalmente a abogados y, más recientemente, a nuestra profesión. Esto deja en evidencia que hay ciertas disciplinas que administran bienes especialmente valiosos-como la justicia, la salud o las grandes obras públicas- en las que una falta ética puede tener consecuencias muy graves. Se trata de profesiones que conllevan una enorme responsabilidad, y por lo mismo, deben rendir cuentas ante la sociedad”, señala la Dra. Anamaría Arriagada, presidenta nacional del COLMED. El " Caso Audios " o“ Caso Hermosilla” ha generado un intenso debate sobre ética profesional y corrupción, especialmente en relación con la influencia indebida en organismos públicos y la justicia. El caso ha puesto en evidencia la necesidad de un debate sobre la ética profesional de los abogados, particularmente en relación con la defensa de intereses particulares que pueden entrar en conflicto con el bien común y la legalidad.“ El control ético de las profesiones existe en todos los países occidentales. En todos los países de la OCDE, esta función está en manos de los Colegios Profesionales. Las llamadas profesiones liberales, basadas en la confianza social, están sujetas a mecanismos que supervisan su correcto ejercicio. En ese sentido, Chile representa una excepción”, argumenta Adelio Misseroni, abogado jefe del Colegio Médico. Uno de los objetivos que tiene la medicina es cuidar el buen desempeño de las personas que la ejercen, porque de eso dependerá la confianza y el prestigio de los médicos y médicas.“ Profesiones como la medicina, entran en la intimidad del otro, requieren traspasar ciertos límites a los que otros ciudadanos no tienen acceso, y por lo tanto, tenemos una obligación de respuesta, de requerimiento a ese privilegio que nos ha dado la sociedad, relacionados al bienestar del individuo, que nos obliga a elevar los estándares de una práctica correcta y ética”, señala la Dra. Gladys Bórquez, presidenta del Departamento Nacional de Ética del COLMED.
El control ético requiere un conocimiento profundo del ejercicio profesional, difícil de alcanzar sin experiencia directa.“ A diferencia de la justicia penal, donde las faltas están claramente tipificadas, las normas éticas son más ambiguas. Por ejemplo, cuando el Código de Ética se refiere a la confidencialidad, establece que el médico no debe revelar información entregada por el paciente, salvo en casos excepcionales como la protección de terceros o de la salud pública. Por ello, estos juicios deben ser evaluados por personas con experiencia en la práctica clínica y la relación médico-paciente”, argumenta el Dr. Rodrigo Salinas, secretario técnico del Departamento Nacional de Ética del COLMED.
EL CAMINO TRAZADO La reforma constitucional chilena de 2005, promulgada bajo la presidencia de Ricardo Lagos, introdujo 54 modificaciones a la Constitución Política de la República, eliminando enclaves autoritarios y fortaleciendo la democracia. Una de las modificaciones fue una norma que reconoce a los Colegios Profesionales constituidos en conformidad a la ley, la facultad para conocer de las reclamaciones que se interpongan sobre la conducta ética de sus miembros, dejando en manos de tribunales especiales establecidos en la ley, la facultad de juzgar a los profesionales que no se encuentren asociados a algún colegio profesional.