52} VIDAMÉDICA / FalmedEduca las pacientes, lo cual desde la perspectiva de salud puede generar inseguridad en la práctica de la profesión y desincentivo para la formación, inclusión y retención de especialistas en la atención de salud de la mujer”.
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Paulina González Abogada Unidades Penal y de Defensa de Género, UDEGEN, FALMED
La violencia gineco-obstétrica no es solo física, también puede manifestarse en comentarios despectivos, en la invisibilización del dolor o en la omisión de información clave para la toma de decisiones de la paciente.”
Desde el Directorio de FALMED, el Dr. Ignacio De La Torre, especialista en Ginecología y Obstetricia y vicepresidente de la Fundación, plantea una mirada crítica sobre la aplicación de esta agravante penal.“ La nueva ley pareciera apuntar en una dirección favorable en cuanto a la protección de la salud e integridad de la mujer, sin embargo, incluyó una agravante penal a los casos de violencia de género y por ende gineco-obstétrica, lo cual afecta negativamente la atención de salud. Enfrenta a los prestadores a potenciales sanciones que tienen mayor gravedad que las propias de la mala praxis, generando una mayor presión hacia la judicialización de la medicina”, reflexiona.
El médico también advierte sobre un efecto adverso en el ejercicio de la profesión:“ Esto es un problema serio para el ejercicio de la especialidad y crea una brecha entre los trabajadores de salud y
Punto de inflexión: La Ley Adriana
A la discusión se suma la tramitación de la Ley Adriana, una iniciativa que busca establecer derechos específicos en la atención del embarazo, parto y posparto, además de sancionar la violencia obstétrica. Para la SOCHOG, esta ley representa una oportunidad para mejorar la calidad del sistema de salud materna en Chile, pero con una condición clave: que venga acompañada de presupuesto.“ Si no hay financiamiento, cualquier ley queda en letra muerta”, recalca la Dra. Del Río.
El Dr. De La Torre refuerza esta mirada, apuntando a un problema estructural en el sistema de salud:“ El primer generador de violencia contra la mujer en la atención de salud ha sido y sigue siendo el Estado, que por años ha postergado mejoras de infraestructura que permitan una atención humanizada e individualizada, que sea oportuna, digna y de calidad”.
Según el especialista, muchas de las situaciones que podrían ser catalogadas como violencia obstétrica ocurren debido a la falta de recursos y personal suficiente.“ La negligencia de las autoridades en cuanto a los recursos disponibles para la atención de salud de la mujer vulnera muchos de los aspectos que, de acuerdo a esta ley, debería proteger”, advierte.
Desde la perspectiva legal, la Ley Adriana también podría ayudar a precisar los alcances de la agravante penal ya establecida en la Ley Integral de Violencia Contra las Mujeres.“ Es fundamental que esta normativa delimite claramente qué conductas pueden ser sancionadas y cómo se protegerán los derechos de todas las partes involucradas, tanto de las pacientes como de los profesionales de la salud”, subraya Paulina González.
Un cambio de paradigma en la atención
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Dr. Ignacio De La Torre. Vicepresidente del directorio de FALMED
La nueva ley enfrenta a los prestadores a potenciales sanciones que tienen mayor gravedad que las propias de la mala praxis.”
La SOCHOG ha promovido el modelo de“ parto personalizado”, una atención que considera la autonomía de la mujer, sus necesidades y su contexto particular.“ Los principios básicos deben ser el buen trato, la comunicación efectiva, el respeto y la seguridad, para que el parto sea una experiencia positiva. Destacar la importancia de la educación continua de los profesionales de la salud, en cuanto a la mejor atención basada en evidencia, la comunicación efectiva, burn out de los profesionales y atención centrada en las personas”, enfatiza la Dra. Del Río.