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La agravante penal de violencia obstétrica incluida en la Ley Integral de Violencia contra las Mujeres
Por Nicolás Rivera, periodista FALMED
En junio de 2024 y luego de 7 años de tramitación en el Congreso, fue promulgada en el Diario Oficial la Ley Integral de Violencia Contra las Mujeres, que permitió que la violencia obstétrica dejara de ser un concepto abstracto y pasara a ser reconocida en la legislación chilena, introduciéndose por primera vez en la historia legislativa del país dentro del marco normativo.
Mientras para muchas mujeres y organizaciones, la ley representó un triunfo largamente esperado, desde el ámbito médico surgieron preocupaciones sobre cómo esta normativa podría afectar la práctica gineco-obstétrica.
“ La aprobación de la ley es una excelente noticia y un avance significativo para el país y para todas las mujeres que aquí habitamos”, afirma la Dra. María José del Río, presidenta de la Sociedad Chilena de Obstetricia y Ginecología( SOCHOG). La organización que lidera ha impulsado por años prácticas centradas en la dignidad y los derechos de las pacientes.
Sin embargo, advierte que la normativa tiene aspectos preocupantes.“ Nos parece que esta ley tiene una deficiencia importante, que es el aumento del grado de la pena en delitos tipificados como violencia gineco obstétrica, ya que esto nos parece discriminatorio y grave hacia nuestra especialidad. Genera, entre otras cosas, una barrera para que médicos y médicas quieran ejercer esta área de la medicina, y también en algunos casos animadversión hacia ésta, perdiéndose además el sentido central de la normativa. También esta ley aún no tiene su reglamento, que es lo que delinea las directrices para ejercerla en la práctica. La falta de éste genera una incertidumbre en la atención tanto para los médicos como para las usuarias.”, señala.
Para la Sociedad Chilena de Obstetricia y Ginecología esta ley“ puede ser una guía efectiva para fortalecer nuestras prácticas y políticas institucionales en favor de las pacientes y de los profesionales de la salud. Sin embargo, es fundamental que a esta se le asocie el presupuesto, ya que sin ello no será posible cumplir con el espíritu de la normativa. También es importante que en esta ley en tramitación se pueda circunscribir y aclarar la agravante legal de la ley integral ya promulgada, afirma la Dra. Del Río.
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Dra. María José del Río Presidenta de la Sociedad Chilena de Obstetricia y Ginecología( SOCHOG)
Es fundamental centrar los cuidados en la mujer, con un enfoque holístico, basado en evidencia y con énfasis en los derechos humanos que optimice la experiencia del trabajo de parto y el parto para las mujeres y sus hijos.
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Desde la perspectiva jurídica, la abogada perteneciente a las Unidades Penal y de Defensa de Género, UDEGEN, Paulina González, complementa lo expuesto por la presidenta de la SOCHOG, reconociendo que existe un margen de interpretación abierto:“ No se define con claridad qué se entiende por‘ conductas activas constitutivas de violencia gineco-obstétrica’, lo que deja el criterio en manos de los tribunales”, dice.
La abogada profundiza que el alcance de la legislación:“ No se ha creado un nuevo delito, sino que se ha introducido una circunstancia que agrava la responsabilidad penal, la cual puede resultar aplicable a todos los profesionales de la salud que intervengan en atenciones de salud reproductiva y sexual de niñas, mujeres y personas gestantes, por lo que no se dirige a los médicos de manera exclusiva. Esto significa que, si se acredita que una acción médica configuró violencia gineco-obstétrica, la pena podría aumentar”, explica González.
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