entorno educativo libre de hostilidades considerando la totalidad de las circunstancias dentro y fuera del campus. Algunos ejemplos de conducta fuera del campus que se extienden hasta la escuela son:
• Una estudiante alega que fue atacada sexualmente por otro estudiante fuera de los terrenos de la escuela y que, al volver a la escuela, fue ridiculizada y acosada por otros estudiantes amigos del agresor.
• Al estar en casa, un estudiante publica una canción que contiene expresiones sobre la orientación sexual de un compañero de clase en Facebook para sus 1,000“ amigos”, muchos de quienes son estudiantes en su escuela. La canción se“ viraliza” y es el tema de conversación principal en la escuela durante semanas, y trae como consecuencia que el estudiante acosado se quede en casa y falte a la escuela.
Un ejemplo donde la conducta fuera del campus no tiene un efecto de continuación en la escuela( de modo que la escuela no tiene la facultad para imponer consecuencias) es:
• En una fiesta de barrio de un día sábado por la noche, dos estudiantes intercambiaron insultos raciales y se produjo una pelea entre ellos. No hubo repercusiones en la escuela después del incidente. La política de disciplina del Distrito aborda y asigna consecuencias a ese tipo de lenguaje, pero nosotros, como comunidad, debemos trabajar juntos para detener este tipo de acoso. Los padres y el personal del Distrito necesitan informar a todos los estudiantes que ese tipo de lenguaje es inapropiado y que no será tolerado. A fin de crear una comunidad de aprendizaje incluyente y positiva, los estudiantes, padres y el personal de la escuela deberán trabajar juntos para terminar con el lenguaje de acoso a través de educación y consecuencias apropiadas. Después de una investigación, un administrador usará su discreción para determinar si ha habido una infracción de la política relacionada con el lenguaje de acoso. De haber sido así, podrán aplicarse las medidas o consecuencias disciplinarias que se indican más abajo. Un administrador, con la persona designada por el superintendente, podrá usar su discreción para aplicar las consecuencias más adecuadas cuando se necesite para proteger la salud y seguridad de todos los estudiantes. Todas las normas y reglamentos federales y estatales relacionados con estudiantes de educación especial tendrán validez en estas políticas y procedimientos. Una primera infracción resultará en una sesión educativa relacionada con el lenguaje de acoso, y podrá incluir una o más de las acciones siguientes: a. Asignación a un centro de aprendizaje, hasta 5 días. b. Suspensión de actividades escolares( OSS), hasta 10 días. c. Conferencia de padres o tutores. d. Se notificará a los padres o tutores y el estudiante de que cualquier infracción posterior resultará en una remisión a la Junta Escolar para una expulsión que podrá extenderse hasta por un año calendario. e. Remisión a una agencia de la policía local. f. Remisión al Director de Actividades( grados del 9 al 12). Una segunda infracción resultará en una sesión educativa relacionada con el lenguaje de acoso, y podrá incluir una o más de las acciones siguientes: a. Suspensión de actividades escolares( OSS), hasta 10 días. b. Conferencia con los padres o tutores. c. Remisión a la junta para una expulsión, hasta un año calendario. d. Remisión a una agencia de la policía local. e. Remisión al Director de Actividades( grados del 9 al 12).
Cualquier infracción adicional resultará en una sesión educativa relacionada con el lenguaje de acoso, y podrá incluir una o más de las acciones siguientes: a. Conferencia con los padres o tutores. b. Remisión a la junta para una expulsión, hasta un año calendario. c. Remisión a una agencia de la policía local. d. Remisión al Director de Actividades( grados del 9 al 12). Al determinar una acción apropiada, el administrador considerará la extensión de la interrupción a la seguridad de un individuo o un grupo, la interrupción del entorno de aprendizaje en las escuelas, y si la conducta ha creado un ambiente hostil para un estudiante o grupo de estudiantes. Si a pesar de las intervenciones adecuadas, un estudiante transgrede reiteradamente la política del Lenguaje de Acoso, se impondrán medidas o consecuencias disciplinarias cada vez mayores.
Prohibición de novatadas, Política No. 526.0
Nota: La Política de disciplina 506.0 también aborda las novatadas. Establece que:“ Las violaciones contra personas con las que se haya comunicado o el intento de comunicarse con ellas a través de cualquier medio. Tales violaciones incluyen, entre otras: intimidación o amenazas verbales o no verbales; acecho; obstrucción; agresión o ataque; peleas; extorsión; acoso escolar; acoso racial; acoso sobre la base de una discapacidad; acoso o violencia sexual; exposición indecente; novatadas”. I. OBJETIVO El objetivo de esta política es mantener un entorno de aprendizaje y trabajo positivo y seguro, libre de novatadas para los estudiantes y el personal. Las novatadas de cualquier tipo son inconsistentes con las metas educativas del Distrito Escolar y están prohibidas en todo momento. II. DECLARACIÓN DE LA POLÍTICA
A. Ningún estudiante, maestro, administrador, voluntario, contratista u otro empleado del Distrito Escolar planeará, dirigirá, animará, ayudará o participará en novatadas.
B. Ningún maestro, administrador, voluntario contratista u otro empleado del Distrito Escolar permitirá, consentirá o tolerará novatadas.
C. El permiso o consentimiento
Esta política prohíbe la práctica de novatadas en el Distrito Escolar Anoka-Hennepin, dentro o fuera de los terrenos de las escuelas.
• Define lo que es una novatada.
• Describe los procedimientos para denunciar novatadas.
• Describe la medida que el Distrito tomará con respecto a una denuncia de novatada.
aparente por parte de una persona que está siendo iniciada, no disminuye las prohibiciones contenidas en esta política.
D. Esta política aplica a comportamientos que ocurran dentro o fuera de la propiedad escolar y durante y después del horario escolar.
E. Una persona que se involucre en un acto que viola la política escolar o la ley para ser iniciado o afiliado a una organización estudiantil, estará sujeto a acción disciplinaria por ese acto.
44 Manual escolar 2018-19