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www.buenosaires.gob.ar autorización de la Supervisión correspondiente, la que deberá requerirse con una anticipación no inferior a los diez (10) días hábiles previos. 2. Los actos tendrán una duración limitada acorde con la edad de los grupos escolares, no pudiendo exceder los cuarenta y cinco minutos. Se iniciarán a la hora prevista en el programa, presididos por la máxima autoridad presente. 3. La preparación de estos actos será consecuencia natural de la programación diaria de las distintas actividades escolares. No demandará ensayos excesivos que perturben la tarea del aula, ni vestimenta especial. 4. El personal de conducción de los establecimientos educativos hará llegar a la Supervisión correspondiente, con una antelación no menor a los diez (10) días una copia del programa a desarrollar en el acto que se trate, incluyendo la hora de iniciación y tiempo estimado de duración del acto. 5. Los establecimientos que tienen nombre de países extranjeros o de organismos internacionales llevarán a cabo el acto de homenaje el mismo día de la fecha patria o aniversario de fundación del organismo según sea el caso. 6. Si la fecha recayera en día inhábil o compromisos protocolares de los respectivos representantes diplomáticos que hubieran comprometido su asistencia no permitieran realizarlo en fecha coincidente, el acto se efectuará con una antelación o postergación no mayor de tres días hábiles. 7. Si la efemérides se produjera durante el receso invernal, la misma se cumplirá conforme lo indicado en la Agenda Educativa. 8. Los/las Directores/Directoras/Rectores/Rectoras deberán solicitar a la Supervisión correspondiente y con una anticipación no menor de treinta (30) días hábiles a la fecha de realización del acto, la autorización necesaria para invitar a representantes diplomáticos acreditados en nuestro país. La atención de los aspectos protocolares quedará a cargo de Ceremonial del Ministerio de Educación, a donde se elevará copia del discurso a pronunciarse. 9. Los actos de esta naturaleza incluirán en su desarrollo la presencia de la Bandera del país extranjero o del organismo internacional, la ejecución de su himno y números especiales de su folklore. Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires  81