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www.buenosaires.gob.ar 2.1. De la Primera Reincorporación. 2.1.a) Al alumno reincorporado por primera vez se le concederán diez (10) inasistencias más. Si excediere este máximo de veinticinco (25) inasistencias perderá su condición de alumno regular, salvo que su situación encuadre en alguna de las causales que si citan a continuación. 2.2. De la Segunda Reincorporación. 2.2.a) El alumno podrá ser reincorporado por segunda vez solamente en el caso de que, por lo menos, diecisiete (17) de las veinticinco (25) inasistencias acumuladas, estén justificados por razones de salud con certificado de autoridad médica competente o por razones de fuerza mayor, debidamente acreditadas. 2.2.b) Para esta segunda reincorporación se deberá tener en cuenta que el mínimo de diecisiete (17) inasistencias justificadas por razones de salud deberá integrarse en períodos de tres (3) o más inasistencias consecutivas o de dos (2), si los días que medien entre ambas fueran sin actividad escolar y sobre la base de la certificación de la autoridad médica competente, que el alumno presentará el mismo día de su reincorporación a clase. Al alumno reincorporado por segunda vez se le otorgará cinco (5) inasistencias más, es decir que podrá acumular en total treinta (30) inasistencias conservando la condición de regular. 2.2.c) Cuando las inasistencias en que incurrió el alumno se deban a razones de salud mencionadas en el artículo anterior, el Rectorado/Dirección está facultado para ampliar el margen de inasistencias a otorgar en la segunda reincorporación sin que el alumno pierda la condición de regular. 2.2.d) La Autoridad Escolar debe agotar todas las instancias posibles para retener a los alumnos dentro del sistema escolar, por ello -en virtud de las facultades conferidas al Rector/Director- podrá considerar casos especiales debidamente justificados y resolver las excepciones por decisión fundada dictando la correspondiente Disposición Interna. 2.2.e) El/la Rector/a/Director/a debe informar a la respectiva Supervisión Escolar los casos de alumnos que pierdan la condición de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires  53