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1.8. Niños cuyos responsables trabajen en el radio de la Escuela.
1.9. Para la Inscripción en Jardines Maternales y Escuelas Infantiles se
considerará como primera prioridad lo que determina cada convenio
oportunamente suscripto entre el Ministerio de Educación y el
Organismo o Institución correspondiente.
1.10. Para la inscripción en el lactario se aceptará la reserva de
vacante de bebé no nacido, cuando el ingreso se efectivice antes del
30 de abril del ciclo lectivo para el cual se inscribió. Si el ingreso se
prevé para fecha posterior, deberá incluirse en una Lista de Espera no
pudiendo reservarse vacante.
2. La Segunda Etapa de preinscripción se cumplirán los días hábiles cuarto,
quinto y sexto de los establecidos al efecto, debiéndose ordenar la
documentación acompañada y elaborar la nómina de inscriptos.
El día sexto, como plazo máximo, se exhibirá la nómina en cartelera,
elevándose a la Supervisión correspondiente su copia, especificándose la
cantidad de vacantes.
3. La Tercera Etapa de inscripción, se cumplirá luego de transcurridos diez
días de la iniciación de la inscripción, debiéndose inscribir –en caso de existir
demanda- a los postulantes con el siguiente orden de prioridades:
3.1.Niños/niñas de otros radios de la Ciudad de Buenos Aires.
3.2.Niños/niñas con domicilio en la provincia de Buenos Aires, cuyos
padres tengan su sede de trabajo en el radio de la escuela.
3.3.Niñas/niñas con domicilio en la provincia de Buenos Aires.
La adjudicación de vacantes se hará sobre la base del orden
determinado por el cronograma precedentemente establecido.
A partir del decimosexto día y hasta el mes de marzo del curso lectivo
para el cual se hubiera abierto la inscripción, se exhibirá la lista
confeccionada para cubrir vacantes existentes.
4. En lo que respecta a la inscripción de alumnos/alumnas en 2º a 7º grado y
que provengan de otros establecimientos educativos, sean o no repitientes,
se considerará la cantidad de vacantes por sección teniendo en
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