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Ante la presentación de documentación fraudulenta y/o adulterada que haya
sido aportada por los responsables o los alumnos en cualquier condición
tales como: documento de identidad, constancia de pase en trámite,
ce rtificado analítico de estudios parciales, constancia de vacante otorgada
etc. la autoridad escolar deberá dar aviso de inmediato a la Supervisión a
efectos de formalizar la denuncia pertinente y se entablen las acciones a que
hubiere lugar.
Art. 28. TRÁMITE DE INSCRIPCIÓN EN NIVEL INICIAL Y PRIMARIO.
La preinscripción de alumnos de Nivel Inicial y primer grado se realizará con
el siguiente cronograma (etapas) y con carácter provisorio.
1. La Primera Etapa de preinscripción se cumplirá los primeros tres días
hábiles establecidos al efecto, observándose el siguiente órdenes de
prioridades:
1.1. Niños/niñas con domicilio en el área de la escuela que ingresan en
primer grado y que fueron alumnos de la sala de cinco años del
establecimiento.
1.2. Niños/niñas con domicilio en el área de la escuela y que fueron
alumnos de alguna de las salas en el mismo establecimiento.
1.3. Hermanos/hermanas de alumnos/alumnas del establecimiento.
1.4. Hijos/hijas del personal del establecimiento.
1.5. En escuelas de jornada completa, niños/niñas domiciliados en hoteles
familiares o pensiones, cuando esta circunstancia sea fehacientemente
acreditada.
1.6. Niños/niñas cuyo responsable es sostén de familia, cuando esta
circunstancia sea acreditada fehacientemente, con domicilio de trabajo
en el área de la escuela, sea esta de jornada simple o completa .
1.7.En los Jardines de Jornada Completa, Jardines Maternales y
Escuelas Infantiles los niños con necesidades básicas insatisfechas,
considerando la situación familiar y habitacional, la situación laboral de
los padres o tutores, cuando esta circunstancia sea fehacientemente
acreditada con la presentación de una Nota de los padres o
responsables que tendrá carácter de Declaración Jurada.
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