Test Drive | Page 272

www.buenosaires.gob.ar Art. 241. OBLIGACIONES DE MAESTRO/MAESTRA DE TALLER. Depende directamente del Jefe General de Taller. El/la Maestro/Maestra de Taller tiene las siguientes deberes y atribuciones: 1. Organizar, orientar y desarrollar la producción de los talleres. 2. En el caso de ausencia de un profesor de la especialidad artística continuar la labor del titular de la cátedra, debiendo la conducción escolar determinar el curso o taller que queda a su cargo. 3. Integrar el Consejo de Profesores de la respectiva división, y de la Coordinación respectiva. 4. Conservar y hacer conservar en perf V7F