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10.
Pronunciar discursos, cuando el Director/a lo/a designe, haciendo
entrega del texto para su archivo.
11.
Estar a disposición del establecimiento, salvo en el período de
licencia reglamentaria por vacaciones.
12.
Cumplir puntualmente el horario de ingreso a clases.
13.
Colaborar con sus pares en la elaboración de la planificación
departamental e institucional.
14.
Confeccionar la planificación de aula de acuerdo a lo establecido
por el área pertinente, presentándola en la fecha fijada por la Agenda
Educativa.
15.
Cumplir con las instrucciones e indicaciones del Director/a.
16.
Concurrir a los actos que establece la Agenda Educativa. En caso
de superposición horaria con actos en otros establecimientos, asistir
alternativamente, dando prioridad a aquél en el que atendiere alumnos
o aquellos en cuya preparación previa hubiera participado.
17.
Convocar a los responsables de los alumnos/as en los casos que
así lo requieran, previa información a la Dirección.
18.
Atender a los responsables de los alumnos/as que soliciten
entrevistas, pudiendo requerir la presencia de un directivo.
19.
Orientar y evaluar a los alumnos practicantes que se le asigne a
su cátedra.
20.
Preparar y colaborar con las muestras artísticas y culturales que
establezca la institución.
21.
Efectuar el seguimiento pedagógico de los alumnos/as y
comunicar a los directivos, todo caso que requiera especial atención.
22.
Para contar con la presencia de alumnos/as en una actividad
artística, los docentes deberán pedir autorización a la Dirección de la
escuela, y una vez concedida, deberá garantizar la expresa mención
de la pertenencia del alumno al establecimiento, en invitaciones,
programas, catálogos, etc.
23.
Le está prohibido a los profesores:
1. Interrogar a los alumnos, a los efectos de calificación, sobre
asuntos que no hayan sido previamente considerados y
dilucidados en clases mediante explicaciones, experiencias, etc.
2. Separarse del aula o dar por terminada la lección, si no es por
enfermedad o causa que la Dirección considere de excepción,
antes de la hora señalada y nunca, sin entregar la clase al
Preceptor respectivo o en su defecto al Jefe de Preceptores.
3. Abandonar la clase a su cargo a los ayudantes respectivos,
aunque se traten de trabajos prácticos o clases de repaso.
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
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