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www.buenosaires.gob.ar Art. 239. OBLIGACIONES PROSECRETARIO/PROSECRETARIA. DEL/LA En los establecimientos que cuenten con Prosecretario/a, éste/a actuará como auxiliar del Secretario, a quien reemplazará en caso de licencia, renuncia, ausencia, etc. El/la Prosecretario/a cumplirá el horario correspondiente a un turno completo en contraturno del que cumple el/la Secretario/a, desempeñando las tareas que le asigne el/la Director/a. Art. 240. OBLIGACIONES DEL/LA PROFESOR/PROFESORA. El/la Profesor/a tiene los siguientes deberes y atribuciones: 1. Dedicar su primera clase anual a la explicación de la finalidad y contenido de su asignatura, tratando de despertar en el alumnado interés por la misma. 2. Presentar el diagnóstico grupal de los alumnos a su cargo al finalizar el primer mes de clases . 3. Registrar diariamente en la correspondiente libreta de calificaciones, las notas que asigne a las exposiciones orales o escritas, trabajos o actividades, debiendo hacerlo obligatoriamente con tinta, sin tachaduras ni enmiendas. No podrá retirar la libreta del establecimiento. 4. Volcar la evaluación de sus alumnos mensualmente y efectuar el promedio en las fechas estipuladas. 5. Colaborar con las autoridades escolares en el mantenimiento del orden y de la disciplina según lo establecido en el Sistema de Convivencia. 6. Es de su exclusiva responsabilidad, durante el transcurso de su clase, colaborar en el cuidado del material didáctico y mobiliario dando cuenta inmediata al Jefe de Preceptores de todo desperfecto o rotura que se ocasione en ellos. 7. Comunicar su ausencia al establecimiento, antes de la hora fijada para la iniciación de su obligación escolar diaria, indicando la causal. 8. Desempeñar y cumplir las restantes obligaciones impuestas por la normativa vigente. 9. Aprovechar todo hecho o circunstancia propicia que se presente en el establecimiento para generar conciencia ética, desarrollar y afianzar actitudes democráticas, antidiscriminatorias y de respeto al medio ambiente. Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires  270