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www.buenosaires.gob.ar 3. Reemplazar en caso de ausencia del Director/a, Vicedirector/a y/o Regente, quedando a cargo de la escuela en el turno correspondiente 4. Organizar la atención del alumnado con personal del taller, para cubrir las horas libres. Dar cuenta por escrito a su Superior de situaciones especiales que se presenten en los talleres. 5. Convocar periódicamente a los Ayudantes de Cátedra, a los Maestros de Taller, a los Maestros Especiales y a los Contramaestres a reuniones para tratar temas técnico – pedagógicos y de organización del taller. 6. Fundamentar la calificación de todo el personal a su cargo y de los profesores que se desempeñen en las asignaturas de taller, para consideración de la Dirección. 7. Preparar el plan anual de muestras y exposiciones, con la colaboración del personal a su cargo y la intervención del Coordinador de Área, para presentar al Equipo de Conducción. 8. Es responsable del conocimiento, difusión y cumplimentación de las normas de seguridad en el taller para asegurar las personas y los bienes. 9. En caso de accidente, desaparición de elementos, siniestros u otros hechos que ocurran en el taller y que puedan dar motivo a trámites posteriores, tomar las medidas que aconsejen las circunstancias, dando aviso inmediatamente a la superioridad. Labrará, asimismo, un acta, dejando constancia de lo ocurrido, fecha, hora, testigos, etc. 10. Controlar los pedidos y recepciones de los materiales solicitados por los Departamentos de las Asignaturas de Taller en cuanto a su necesidad, calidad y cantidad. 11. Evitar que se realicen en los talleres trabajos de carácter privado. 12. Impedir el retiro de maquinarias, herramientas y/o materiales pertenecientes al mismo sin la correspondiente autorización de la conducción escolar. 13. Impedir el trabajo dentro del taller tanto a personas ajenas al establecimiento como a los alumnos fuera del horario de la asignatura correspondiente. 14. Al finalizar cada período escolar y antes de que el personal de talleres haga uso de la licencia anual ordinaria, adoptará medidas necesarias para el mantenimiento y seguridad de las instalaciones, máquinas, herramientas y otros elementos de su jurisdicción durante la época de receso escolar. 15. Controlará al finalizar cada año escolar, dejando constancia de ello, el inventario de todas las existencias de los talleres, actualizándolo Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires  265