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www.buenosaires.gob.ar 2.1.a. Libros (matriz, calificadores, de actas de exámenes, de reuniones, de comunicaciones, etc.) 2.1.b. Registros: de matrícula, reincorporaciones, estadística, etc. de asistencia, de 2.1.c. Disposiciones: equivalencias, pases, asignación de tareas, etc. 2.1.d. Legajos: del personal y de los alumnos. 2.1.e. Cuadernos de actuación profesional, de comunicación a los padres. 2.1.f. Boletines: de calificaciones, de asistencia. 2.1.g. Expedientes, actuaciones, recursos. 2. Redacción de instructivos, circulares técnicas, comunicaciones al personal. 3. Análisis de dotación del personal de cada planta funcional. 4. Control de designaciones y licencias del personal. 5. Horarios del personal, de clases, de extraclase, de módulos institucionales. Art. 231. MISIONES Y FUNCIONES DEL EQUIPO DIRECTIVO DE LA ESCUELA. Equipo de Conducción: En cada establecimiento se conformará un Equipo Directivo integrado por Director/a, Vicedirector/a, Regente y Jefe General de Taller (si los tuviere). Corresponde al Equipo de Conducción: 1. Contextualizar las indicaciones provenientes del Área y/o Supervisión. 2. Articular la tarea pedagógica interna del establecimiento sobre la base de los Lineamientos de la Política Educativa. 3. Distribuirse coordinadamente el seguimiento del trabajo docente, administrativo y de auxiliares del establecimiento. Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires  255