www.buenosaires.gob.ar
2.1.a. Libros (matriz, calificadores, de actas de exámenes, de
reuniones, de comunicaciones, etc.)
2.1.b.
Registros:
de
matrícula,
reincorporaciones, estadística, etc.
de
asistencia,
de
2.1.c. Disposiciones: equivalencias, pases, asignación de tareas,
etc.
2.1.d. Legajos: del personal y de los alumnos.
2.1.e. Cuadernos de actuación profesional, de comunicación a los
padres.
2.1.f. Boletines: de calificaciones, de asistencia.
2.1.g. Expedientes, actuaciones, recursos.
2. Redacción de instructivos, circulares técnicas, comunicaciones al
personal.
3. Análisis de dotación del personal de cada planta funcional.
4. Control de designaciones y licencias del personal.
5. Horarios del personal, de clases, de extraclase, de módulos
institucionales.
Art. 231. MISIONES Y FUNCIONES DEL EQUIPO DIRECTIVO DE LA
ESCUELA.
Equipo de Conducción:
En cada establecimiento se conformará un Equipo Directivo integrado por
Director/a, Vicedirector/a, Regente y Jefe General de Taller (si los tuviere).
Corresponde al Equipo de Conducción:
1. Contextualizar las indicaciones provenientes del Área y/o Supervisión.
2. Articular la tarea pedagógica interna del establecimiento sobre la base
de los Lineamientos de la Política Educativa.
3. Distribuirse coordinadamente el seguimiento del trabajo docente,
administrativo y de auxiliares del establecimiento.
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
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