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19.
Elevar a la dirección del establecimiento, dentro de los diez días
de terminado
el año lectivo, la memoria sobre la marcha de las
secciones a su cargo,
incorporando a la misma, el balance
general de lo ingresado a la Tesorería por
producido de talleres,
con la subdivisión de los valores de la mano de obra,
materiales, gastos generales e imprevistos y otros gastos, por
sección y los
totales generales; copia de la nómina de las
máquinas y elementos de
provisión imprescindible, que de
acuerdo a la respectiva disposición haya
solicitado
oportunamente, los materiales que se requieran para el siguiente año
escolar, detallando cantidades, calidad y medida y las
providencias a adoptar
para el mejor aprovechamiento de los
talleres.
20.
Colaborar con la dirección sobre los conceptos del personal a su
cargo.
21.
Como superior jerárquico del personal auxiliar les asignará las
tareas
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