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17.
Comunicar en forma inmediata a la Superioridad, cualquier
eventualidad de carácter grave que se presentare y dar intervención a
toda otra autoridad si correspondiere.
18.
Controlar que los miembros del personal del establecimiento o
alumnos no retiren máquinas, instrumentos, herramientas, muebles,
útiles u otros elementos inventariados, salvo que lo sea a efectos de su
reparación o para actividades educacionales del Establecimiento.
19.
Denunciar ante las autoridades competentes los casos de
extravío, pérdida, robo y/o hurto de materiales y/o elementos que
estén inventariados como patrimonio escolar.
20.
Producir toda la información que le fuera solicitada por la
autoridad competente, para su remisión, dentro de los plazos
reglamentarios.
21.
Solicitar autorización, en todos los casos, al Superior
jerárquico para abandonar la sede de sus funciones.
22.
Remitir el Informe circunstanciado del inventario de los libros
que integran el fondo bibliográfico –con el detalle correspondiente- al
organismo pertinente del Ministerio de Educación, a los efectos de
centralizar la información del material existente en la Biblioteca Escolar.
23.
Dar trámite ante la Superioridad de toda actuación
presentada, trámite y/ o solicitud cuya resolución correspondiera a la
misma.
24.
Elevar en tiempo y forma el Informe Mensual de la dotación
del Personal del establecimiento al organismo pertinente del Gobierno
de la Ciudad a los efectos de realizar el control de la prestación
efectiva de servicios y horarios de los agent