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Maestro Jefe de Educación Práctica: atenderá sus funciones con horario
semanal de 20 horas reloj – 30 horas cátedra, distribuidas de acuerdo con
las necesidades de labor en talleres, laboratorios, gabinetes, hasta en dos
turnos.
Secretario/a: es de un turno completo, debiendo cumplir 22.30 horas reloj –
33.75 horas cátedra semanales y, preferentemente, en el turno en que se
desempeñe el Director.
Maestros/as de Educación Práctica, Jefes/as de Sección o la
denominación que asuma en el CIFPA, Maestros/as de Educación Práctica
o la denominación que asuma en el CIFPA y Maestros/as Ayudante de
Educación Práctica o la denominación que asuma en el CIFPA ;cumplirán
sus funciones en 16 horas reloj - 24 horas cátedra semanales por cargo y
por turno determinado en la POF anual vigente.
Jefe de Preceptores y Preceptores: cumplirán 22.30 horas reloj - 33.75
horas cátedra semanales en un turno completo.
TITULO V – ÁREA DE EDUCACIÓN MEDIA Y TÉCNICA
CAPITULO I - ASPECTOS GENERALES
Art. 143. TURNOS.
Las escuelas pueden funcionar en uno o más turnos a saber:
1.
2.
3.
4.
Tu &