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www.buenosaires.gob.ar retirarse sin que otro docente lo reemplace. En caso de ausencia arbitrará los medios para informarlo al superior jerárquico. 25. En caso de ausencia del Director, la unidad educativa estará a cargo del docente titular de mayor antigüedad y/o carga horaria que cubra la totalidad del horario de ese día. Si eso no se logra con un solo Profesor, se designarán dos o más docentes a tal fin. Se labrará un acta con las designaciones que llevará las firmas de las autoridades y de los afectados. 26. Asignar los horarios de clases teniendo en cuenta las disponibilidades presentadas por los docentes de sus declaraciones juradas. 27. Conceder vacantes y/o pases de alumnos. 28. Distribuir – mediante Disposición Interna del Rectorado- y hacer cumplir las tareas del personal docente y no docente de acuerdo con las funciones y deberes de cada uno. 29. Asesorar y apoyar la labor de todo el personal bajo su dependencia a fin de garantizar la prestación y la calidad del servicio educativo. 30. Efectuar las Reuniones Generales de Personal, establecidas en la Agenda Educativa. 31. Establecer y supervisar, en forma exclusiva y excluyente, los mecanismos internos de control de asistencia, puntualidad y permanencia del personal docente y no docente conforme indican las normas vigentes. 32. Facilitar la documentación exigida y/o la información que le sea requerida por los funcionarios de los organismos técnicos pertinentes encargados de efectuar las auditorías y controles del personal. 33. Mantener actualizada la tarea administrativa, correspondencia y rendiciones de cuentas. 34. Registrar su firma y sello ante los organismos que lo requieran. 35. Firmar conjuntamente con el Secretario toda documentación producida en la escuela y elevada a la Superioridad. 36. Firmar toda documentación relativa al funcionamiento del establecimiento, el personal y los alumnos. 37. Controlar y visar periódicamente la documentación interna del establecimiento. 38. Elaborar o hacer elaborar en tiempo y forma la Documentación Escolar Reglamentaria de uso obligatorio. Conjuntamente con el Secretario son responsables primarios de su guarda y custodia quedando facultados para adoptar los recaudos pertinentes que garanticen su seguridad e inviolabilidad. Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires  148