Test Drive | Page 147

www.buenosaires.gob.ar 11. Justificar , o no según corresponda por la reglamentación , las inasistencias del personal docente y auxiliar. 12. Asesorar a los/las alumnos/as sobre la normativa, el plan de estudios vigente, equivalencias y sistema de cursada. 13. Realizar el trámite y dictamen de equivalencias notificando a los alumnos en forma fehaciente. 14. Someter a consideración del consejo del CENS los casos de alumnos que no reúnan la asistencia mínima requerida según la norma vigente. 15. Presidir el Consejo de acuerdo a las normas vigentes, asesorar a la asociación cooperadora del CENS. 16. Instrumentar el Sistema Escolar de Convivencia conforme lo prescripto en la ley respectiva y aplicar las sanciones –previa intervención del Consejo de Convivencia- según circunstancias y gravedad de los incumplimientos en que incurrieran los alumnos. 17. Comunicar en forma inmediata a la Superioridad sobre cualquier eventualidad de carácter grave que se presente y dar intervención a toda otra autoridad si correspondiere. 18. Controlar que los miembros del personal del establecimiento o alumnos no retiren máquinas, instrumentos, herramientas, muebles útiles u otros elementos inventariados, salvo que lo sea a efectos de su reparación o para las actividades educacionales del Establecimiento. 19. Denunciar ante las autoridades competentes los casos de extravío, pérdida, robo y/o hurto de elementos que estén inventariados como patrimonio escolar. 20. Producir toda la información que le fuera solicitada por la autoridad competente, para su remisión dentro de los plazos reglamentarios. 21. Solicitar autorización al Superior jerárquico para abandonar la sede de sus funciones. 22. Remitir el informe circunstanciado del inventario de los libros que integran el fondo bibliográfico –con el detalle correspondiente- al organismo pertinente del Ministerio de Educación, a los efectos de centralizar la información del material existente en la Biblioteca Escolar. 23. Dar trámite ante la Superioridad de toda actuación presentada y/o solicitud cuya resolución corresponda a la misma. 24. Asistir al establecimiento diariamente con veinte minutos de antelación a la iniciación de las actividades, firmar el libro respectivo y permanecer en el mismo hasta cumplir su carga horaria, no pudiendo Gobierno de la Ciudad de Buenos Air W0