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www.buenosaires.gob.ar 20. Cuando un miembro del personal docente deba cumplir simultáneamente actividades docentes en otros establecimientos, asistirá a uno de ellos y no se computará inasistencia en los otros. A tal efecto deberá anunciar con anticipación su ausencia y presentar posteriormente a la dirección la constancia pertinente. Para estos casos se establece el siguiente orden de prelación: • Integración de Mesas examinadoras. • Dictado de clases. Asistencia a reuniones de personal que no exceda de una por mes. • 21. Propiciar reuniones de actualización docente o encuentros pedagógicos, en las que se desarrollará temas de tal carácter, a cargo del propio director, de un docente de la escuela o personas debidamente autorizadas y de reconocida idoneidad en la materia. Si la reunión se realizara fuera del horario escolar, será optativo para aquellos docentes que deseen concurrir. 22. Efectuar reuniones de personal, de acuerdo a lo establecido en la Agenda Educativa, según las siguientes pautas: - Sus objetivos serán: • • • • • Intercambio de opiniones, coordinar y articular acciones y evaluar el proceso de enseñanza y de aprendizaje. Fijar pautas para el desarrollo de planificaciones y las actividades escolares. Generar espacios para la formulación, evaluación y reajustes del Proyecto Institucional. Leer y comentar orientaciones impartidas por la superioridad. Dar a conocer sus propias directivas e instrucciones. 23. Cumplimentar y hacer cumplimentar todas las actividades previstas en la Agenda Educativa. 24. Encontrarse en la escuela en la fecha prevista por la Agenda Educativa. 25. Asistir diariamente con veinte minutos de antelación a la iniciación de las actividades y permanecer constantemente en ella hasta la finalización de la jornada. Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires  140