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20.
Cuando un miembro del personal docente deba cumplir
simultáneamente actividades docentes en otros establecimientos,
asistirá a uno de ellos y no se computará inasistencia en los otros. A tal
efecto deberá anunciar con anticipación su ausencia y presentar
posteriormente a la dirección la constancia pertinente. Para estos
casos se establece el siguiente orden de prelación:
•
Integración de Mesas examinadoras.
•
Dictado de clases.
Asistencia a reuniones de personal que no exceda de una por mes.
•
21.
Propiciar reuniones de actualización docente o encuentros
pedagógicos, en las que se desarrollará temas de tal carácter, a cargo
del propio director, de un docente de la escuela o personas
debidamente autorizadas y de reconocida idoneidad en la materia. Si la
reunión se realizara fuera del horario escolar, será optativo para
aquellos docentes que deseen concurrir.
22.
Efectuar reuniones de personal, de acuerdo a lo establecido en la
Agenda Educativa, según las siguientes pautas:
- Sus objetivos serán:
•
•
•
•
•
Intercambio de opiniones, coordinar y articular acciones y evaluar el
proceso de enseñanza y de aprendizaje.
Fijar pautas para el desarrollo de planificaciones y las actividades
escolares.
Generar espacios para la formulación, evaluación y reajustes del
Proyecto Institucional.
Leer y comentar orientaciones impartidas por la superioridad.
Dar a conocer sus propias directivas e instrucciones.
23.
Cumplimentar y hacer cumplimentar todas las actividades
previstas en la Agenda Educativa.
24.
Encontrarse en la escuela en la fecha prevista por la Agenda
Educativa.
25.
Asistir diariamente con veinte minutos de antelación a la iniciación
de las actividades y permanecer constantemente en ella hasta la
finalización de la jornada.
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
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