de su articulado. Cada año el Departamento Ejecutivo publicará en fascículos antes del 10 de Julio, las hojas
que correspondan a la actualización del presente Código que entran en vigencia en esta fecha
1.3 DE LAS DEFINICIONES
1.3.1 REDACCIÓN DEL CÓDIGO DE LA EDIFICACIÓN
Las palabras y expresiones de este Código se consignan con el siguiente criterio:
a) El genero masculino, incluye el femenino y neutro;
b) El numero singular, incluye el plural;
c) El verbo usado en tiempo presente, incluye el futuro
1.3.2 DEFINICIONES
Determinadas palabras y expresiones a los efectos de este Código, tienen los siguientes significados.
-A
ACERA: Orilla de la calle o de otra vía pública, junto a la Línea Municipal o de Edificación destinada al tránsito
de peatones.
ALERO: Aparte de la acepción común, elemento voladizo no transitable, destinado exclusivamente para
resguardo de vanos y muros.
ALTURA DE LA FACHADA: Medida vertical para la fachada principal sobre la Línea Municipal o la de retiro
obligatorio.
AMPLIAR: Modificar un edificio aumentando la superficie y/o el volumen edificado; modificar una instalación
aumentando la capacidad productiva de la existente.
ANTECOCINA: Local unido o comunicado directamente con la cocina, y cuyo uso depende de esta.
ASCENSOR: Mecanismo permanente con movimiento guiado por carriles para alzar y descender personas y
cosas. Este termino no incluye los montaplatos, cabrias, guinches, correas sin fin, conductores a cadena y
mecanismos similares.
-B
BALCÓN: Elemento accesible, voladizo, generalmente prolongación del entrepiso y limitado por un parapeto.
-C
CAJA DE ESCALERA: Escalera incombustible contenida entre muros de resistencia al fuego, de acuerdo al
riesgo de mayor importancia que sirve; sus accesos serán cerrados por puertas de doble contacto, con una
resistencia al fuego no menor de un rango que el exigido para el sector donde se encuentran, con cierre
automático aprobado. Tendrán ventilación cenital.
CARGA DE FUEGO: La "Carga de Fuego" de un sector de incendio, está representada por el peso en madera
por unidad de superficie (Kg/m2) capaz de desarrollar una cantidad de calor equivalente al del peso del o de los
materiales contenidos en dicho sector de incendio.
El patrón de referencia es la madera, desarrollando 4400 Cal/Kg.
CONDUCTO: Espacio cerrado lateralmente, dispuesto para conducir, aire, gases, Líquidos, materiales y
contener tuberías a través de uno o más pisos de un edificio, o que conecta una o más aberturas en pisos
sucesivos, o pisos y techos.
COTA DEL PREDIO: Cota del "nivel del cordón" más el suplemento que resulta por la construcción de la
acera en el punto medio de la Línea Municipal que corresponde al frente del predio.
- CH
CHIMENEA: Conducto destinado a Ilevar a la atmósfera los gases de la combustión.
-D
DESPENSA: Local destinado en las viviendas a guardar los géneros alimenticios en cantidad proporcionada a
las necesidades del consumo.
DIRECCIÓN: Repartición Municipal que, de acuerdo a sus funciones, le compete intervenir en la aplicación de
las prescripciones de este Código.
-E
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