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ENTREPISOS: Estructura resistente horizontal generalmente revestida en su cara inferior por un cielorraso y en la superior por un solado. ENTRESUELO: Piso con solado a distinto nivel, que ocupa parte de un local y depende de este. ESCALERAS EXTERIORES: Escalera ejecutada en material incombustible. Puede ser de tipo secundario. ESPACIO PARA COCINAR: Aquel que no siendo específicamente un local cocina, puede desempeñar funciones de tal y este unido directamente con otro local que reciba luz y ventilación naturales de, por lo menos, patio de primera categoría ESTACIÓN DE SERVICIO: Espacio cubierto o descubierto destinado exclusivamente a la limpieza, engrase reparaciones ligeras de vehículos automotores, y donde se expende combustible, lubricante y accesorios para los mismos. ESTRUCTURA: Armazón o esqueleto y todo elemento resistente de un edificio o instalación. -F FACHADA PRINCIPAL. Paramento exterior de un edificio que delimita su volumen hacia la vía pública, aunque la traza del mismo no coincida con la L.M. o con la Línea Municipal de Edificación. FRENTE: Línea comprendida entre las divisorias laterales y que limita un predio con la vía o lugar público. -G GALERÍA: Corredor cubierto que puede estar cerrado con vidriera. GARAJE: Predio, edificio, estructura o una de sus partes donde se guardan vehículos automotores y/o acoplados destinados al transporte de personas o carga. GRADO DE APROVECHAMIENTO: Relación entre los volúmenes edificado y edificable, es decir; GRADO DE APROVECHAMIENTO = Volumen edificado / Volumen edificable -H HALL: Ver vestíbulo -L LÍNEA MUNICIPAL: Línea que deslinda la parcela de la vía pública actual o la Iínea señalada por la Municipalidad para las futuras vías publicas. LÍNEA MUNICIPAL DE ESQUINA: Línea determinada por este Código para delimitar la vía publica en las esquinas, en el encuentro de dos Líneas Municipales. LIVING ROOM: Ver Sala común. LOCAL: Cada una de las partes cubiertas y cerradas en que se subdivide el edificio. LOCAL DE USO GENERAL O PUBLICO: Ver vestíbulo general o publico. LOCAL HABITABLE: El que sea destinado para propósitos normales de habitación o morada de personas, con exclusión de cocinas, lavaderos, cuartos de baño, retretes, despensas, pasajes, vestíbulos, depósitos y similares. LUGAR DE DIVERSIÓN: Aquel donde la concurrencia interviene en la actividad que se desarrolla. LUGAR DE ESPECTÁCULO: Aquel donde la concurrencia actúa como espectador, pudiendo ocasionalmente intervenir en la actividad que se desarrolla. LUGAR DE TRABAJO: El destinado habitualmente al desarrollo de actividades laborales, configurando un espacio definido que puede tener o no techo y/o cierre lateral, en forma parcial o total, según las pautas específicas de cada actividad. LUGAR PARA CARGA Y DESCARGA: Espacio cubierto, semicubierto o descubierto donde deben efectuarse las operaciones de carga y descarga de vehículos, inherentes a las actividades que se desarrollan en la parcela LUZ DEL DIA: Luz que reciben los locales en forma natural y directa. Esta expresión incluye el concepto de iluminación cuando no se diga especialmente "Iluminación artificial". -M MARQUESINA: Alero que avanza sobre una entrada, vidriera o escaparate de negocios. MATERIAS EXPLOSIVAS, INFLAMABLES, COMBUSTIBLES Y REFRACTARIAS: A los efectos de la acción 6