(3) Estudio de radiodifusión: 30 m3/h y por persona;
(4) Auditorios: Ver espectáculos públicos;
b) Sanidad:
(1) Salas de operaciones: 120 WIh y por persona y siempre que quede justificada en la técnica quirúrgica;
(2) Casas de baño: (En locales de uso colectivo y específico para el fin a que se destinan) 16 renovaciones
horarias del volumen del local;
c) Salubridad
Baños, retretes u orinales múltiples (Apartado 11) del Item (2) del Inciso b) de 1luminación y ventilación de
locales de segunda clase, (Ver parag. 4.6.4.3) el extractor de aire que puede substituir la abertura de aspiración,
debe asegurar una renovación horaria de 10 volúmenes;
d) Diversiones:
Sala de baile, "boite" y "cabaret": 90 m3/h y por persona;
e) Espectáculos públicos:
Teatros, cine-teatros, cinematógrafos y auditorios:
(1) Salas y vestíbulos: 40 m3/h y por persona;
(2) Retretes y orinales: 10 renovaciones por hora del volumen del local;
f) Bancos:
En oficinas anexas a cajas de seguridad y locales afines:
12 renovaciones horarias del volumen del local;
g) Industrias:
Los locales de trabajo y/o depósitos comerciales e industriales pueden acogerse a lo establecido en el Inciso
b) de "ventilación por medios mecánicos" (Ver parag. 4.6.6.2) cuando, a juicio de la Dirección, los procesos de
elaboración o sistemas de trabajo así lo justifiquen. La ventilación mecánica será considerada por la Dirección
en cada caso particular.
En los locales de trabajo la ventilación mecánica no releva de emplear los aparatos o sistemas exigidos por
las disposiciones respectivas para defens