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menos que 1,50 m del solado: C) Ventilación: La ventilación de un garaje debe ser natural, permanente y satisfacer las prescripciones de los locales de tercera clase. Se impedirá la existencia de los espacios muertos, la acumulación de fluidos nocivos y una concentración de monóxido de carbono (CO) mayor que 1:10.000. La ventilación natural puede, como alternativa ser reemplazada por una mecánica a condición de producir 4 renovaciones horarias. En un garaje ubicado en sótano que posea ventilación mecánica, la Dirección puede exigir inyección y extracción simultanea de aire. d) Medios de salida: Un garaje cumplirá lo establecido en “De los medios de salida” (Ver parag. 4.7). Cuando se prevea la venta en propiedad horizontal de cocheras colectivas o individuales, ya sea en carácter de unidades complementarias o funcionales, estas deberán enmarcarse en la parte del solado del garaje destinado a “lugar para estacionamiento”. En los garajes comerciales es obligatoria la distribución de los vehículos, que se efectuará demarcando en el solado los espacios o cocheras respectivos, dejando calles de amplitud necesaria para el cómodo paso y maniobras de los vehículos, de modo que permanentemente quede expedito el camino entre el lugar de estacionamiento y la vía pública. Las cocheras o espacios demarcados en los garajes tendrán un ancho mínimo de 2,50 m y un largo mínimo de 5 m, permitiendo el libre acceso de los vehículos estacionados al medio de salida. Por excepción se aceptarán cocheras con largo menor que el indicado precedentemente cuando resulta de hechos constructivos como ser ventilaciones, columnas, etc, siempre que dicho largo no sea inferior a 4 m, debiendo ser claramente individualizadas en propiedad en los planos de subdivisión horizontal (Ley 13.512). Las circulaciones horizontales internas de los garajes con estacionamiento a 90* tendrán un ancho mínimo de 5 m. En los planos que se presenten para su aprobación en todos los casos de garajes, deberá mostrarse la forma o sistema a utilizar para el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente. A tal efecto se agregará un detalle en escala 1:50 debidamente acotado, donde se indique además de las cocheras, las columnas, ventilaciones o cualquier otro elemento constructivo existente o proyectado, que pueda dificultar el libre desplazamiento de los vehículos. 7.7.1.3 Comunicación interna de un garaje con locales o sectores de edificación destinados a otros usos Un garaje puede comunicar con forma directa o interna con otros usos interdependientes o independientes. En estos casos las puertas de comunicación tendrán cierres de doble contacto con las características previstas en la Prevención C1 de "Prevenciones de construcción 7.7.1.4 Servicios de salubridad Un garaje de superficie mayor de 75 m2 satisfará lo establecido en los incisos a), b) y c) de "Servicios de Salubridad de Locales o Edificios Públicos Comerciales e Industriales" (Ver parag. 4.8.2.3) para personas que trabajan en él. Cuando el total de empleados exceda de 5 y el garaje tenga más de 500 m2 por cada 2.000 m2 de superficie de módulos de estacionamiento, habrá como mínimo un inodoro y un lavabo para cada sexo. Los garajes privados tendrán como mínimo un inodoro y un lavabo cuando no sean considerados como uso complementario del principal. 7.7.1.5 Instalación anexa a garaje Siempre que la zonificación establecida en el Código de Planeamiento Urbano lo permita, un garaje puede tener como anexos las instalaciones mencionadas en "Prescripciones constructivas en estaciones de servicio e instalaciones inherentes" (Ver parag. 7.7.2.1). 7.7.1.6 Prescripciones contra incendio Un garaje debe satisfacer lo establecido en el Capitulo "De la protección contra incendio" (Ver parag. 4.12) 7.7.1.7 Garaje de guarda mecanizada Cuando en un garaje la guarda se hace en plataformas mediante mecanismos que transpo