puertas de las cámaras deberán ser accionadas desde el interior y exterior de las mismas.
Las cámaras anexas a comercios minoristas no requieren antecámaras.
(1) Solado, paramentos, cielorrasos:
El solado, los paramentos y el cielorraso serán lisos e impermeables. Los ángulos de los paramentos entre si
y los de estos con los pisos y cielorrasos serán redondeados.
Los pisos tendrán declive hacia canaletas perimetrales que faciliten el escurrimiento de las aguas del deshielo
y del lavado hacia la antecámara, donde se evacuarán, mediante rejillas a la red cloacal.
En el caso de no poseer antecámaras, la rejilla estará ubicada dentro de la misma cámara.
Los pisos de las antecámaras mantendrán un desnivel que facilite el escurrimiento de los líquidos de la
cámara;
(2) Iluminación y ventilación:
La iluminación será eléctrica, las fuentes de luz se colocarán de manera que permitan iluminar
suficientemente los productos depositados en la cámara con un mínimo de 150 Lux por metro cuadrado sobre el
suelo.
La ventilación se hará mediante dispositivos que permitan la eliminación de posibles pérdidas de gases
refrigerantes;
(3) Tubería de refrigeración:
La tubería de refrige ración dentro de la cámara se colocará paralela a las paredes y distante de ellas no
menos que 0,10 m.
Debajo de la tubería habrá un colector da agua de deshielo que desagotará a la canaleta perimetral.
(4) Instalación para el lavado:
Existirá una instalación de agua corriente fría y caliente, la que podrá estar fuera de los ambientes de las
cámaras y antecámaras para el lavado de las mismas.
(b) Establecimientos frigoríficos:
Un establecimiento frigorífico, además de las exigencias propias de la Cámara frigorífica”, cumplirá con lo
establecido en "Características constructivas particulares de un comercio que trafica con productos alimenticios”
(Ver parag. 7.2.2.1) en lo que sea de aplicación y además lo siguiente:
Contarán por lo menos con un local independiente de las cámaras y antecámaras, destinado a la recepción
y/o empaque y/o expedición de las mercaderías que cumplirá con lo establecido en "Características
constructivas particulares de un comercio que trafica con productos alimenticios” en sus generalidades a incisos
a), b), y c).
7.3.3.0 ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES, TALLERES Y/O DEPOSITOS INDUSTRIALES
7.3.3.1 Características constructivas particulares de los establecimientos industriales, tallares y/o depósitos
industriales
Los locales destinados a trabajo, venta o depósito en establecimientos industriales, talleres y/o depósitos
industriales son considerados de tercera clase, en cuanto se trate de dimensiones, iluminación, ventilación y
medios exigidos de salida
En cuanto a ventilación, la Dirección puede, teniendo en cuenta la naturaleza del trabajo que se realice, exigir
ventilación mecánica complementaria. Además se satisfará lo siguiente:
a) Solado: El solado estará debidamente consolidado y sus características serán las adecuadas a la
naturaleza de la actividad. Tendrá desagüe a la red cloacal según disposiciones de O.S.N.
Cuando por la índole de la actividad, la Dirección lo estime necesario, el desagüe a la red cloacal se hará a
través de cámaras de decantación y/o depuración;
b) Paramentos: Los paramentos serán lisos y se pintarán si son terminados a simple revoque.
La Dirección admitirá paramentos de ladrillo a la vista con sus juntas debidamente tomadas, cuando a su
juicio la índole de la actividad lo justifique.
Cuando se empleen y/o derramen líquidos o substancias aceitosas o grasas los paramentos contarán con
friso impermeable hasta una altura no menor que 2,00m medidos sobre el solado. Si este revestimiento
sobresale del plomo del paramento, tendrá canto chaflanado o redondeado.
c) medios de salida Se cumplimentará lo establecido en “Generalidades sobre medios de salida" (Ver parag.
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