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reunirá las mismas condiciones que las establecidas para aquella. 7.3.1.19 Depósito y salazón Este local reunirá las mismas características constructivas que las establecidas para la "Cuadra de elaboración” (Ver parag. 7.3.1.2) y además: a) El solado, los paramentos y el cielorraso serán lisos e impermeables; b) Contará con piletas de cemento alisado, con bordes y angulas interiores redondeados, provista de agua caliente y fría y con desagüe a la red cloacal. 7.3.1.20 Despostadero de reses de abasto 7.3.1.21 Alcance de las disposiciones para despostadero de reses de abasto Las disposiciones para despostaderos de reses de abasto alcanzan a los establecimientos donde se proceda al troceado y/o deshuesado de animales de las especies ovina y/o bovina y/o porcina para su posterior industrialización y comercialización al por mayor. 7.3.1.22 Características constructivas de los despostaderos de reses de abasto Un despostadero de reses de abasto cumplirá las normas generales de este Código y además las siguientes: a) Local de despostar: (1) Superficie: La superficie del local de desposte se calcula a razón de 5,00 m2 por persona que en él trabajo con un mínimo de 30 m2; (2) Solado: El solado del local de desposte será impermeable y antiresbaladizo. En su perímetro habrá una canaleta para recibir las aguas de lavado y conducirlas a la red cloacal; (3) Altura, paramentos, cielorraso: La altura del Local no será inferior a 4,00 m. Los paramentos serán lisos e impermeables hasta los 3,00 m del solado y el resto como asimismo el cielorraso revocados y pintados con productos que permitan el lavado. Todos los ángulos serán redondeados incluso el borde superior del revestimiento impermeable, cuando este sobresalga del plano de la pared. (4) Malla metálica en vanos: Todos los vanos que comuniquen el local con el interior estarán provistos de malla metálica fina en bastidores fijos. En las puertas el bastidor se ubicará hacia afuera debiendo cerrarse automáticamente; (5) Piletas y bocas de agua: En el local de desposte habrá piletas con su interior liso e impermeable: sus bordes y ángulos interiores, redondeados y sus dimensiones mínimas serán: 1.00 m de largo, 0,60m de ancho y 0,30 m de profundidad. Estarán provistas de agua fría y caliente, y con desagüe conectado a la red cloacal. El número de piletas será de una cada 50,00 m2 o fracción de 5,00 m2. Asimismo habrá bocas de agua distribuidas convenientemente a razón de una cada 50,00 m2. b) Cámaras frigoríficas: Se ajustaran a lo establecido en "Características constructivas particulares para cámaras frigoríficas y establecimientos frigoríficos” (Ver Parag. 7.3.2.1) 7.3.2.0 CAMARAS FRIGORIFICAS Y ESTABLECIMIENTOS FRIGORIFICOS 7.3.2.1 Características constructivas particulares para cámaras frigoríficas y establecimientos frigoríficos a) Cámaras frigoríficas: deberán ser construidas íntegramente en mampostería y tendrán un revestimiento aislante con material aprobado por la Dirección y contarán con antecámaras a fin de no comunicar directamente con el exterior. Las 144