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a) Depósito y lavado de envases; b) Depósito de harina; c) Depósito de sal; d) Depósito para combustibles: e) Cámara de desecación, maduración o estacionamiento; f) Sala de máquinas: g) Cámara frigorífica; h) Depósito para residuos o compactador según corresponda. 7.3.1.2 Cuadra de elaboración Se ajustará a Io establecido en el inc. b) de “Características constructivas de los comercios que elaboran productos alimenticios de venta inmediata" (Ver parag, 7.2.8.1) y además contarán con bocas o canillas distribuidas en proporción de una (1) por cada 50,00 m2 de superficie y colocadas a 0,30 m del solado, con servicio de agua caliente y fría. 7.3.1.3 Depósito para materia prima Se ajustarán a lo establecido en “Características constructivas particulares de un comercio que trafica con productos alimenticios (Ver parag. 7.2.2.1) y además se independizaran de la cuadra de elaboración y otras dependencias del establecimiento. 7.3.1.4 Depósito para mercadería elaborada Deberán reunir iguales condiciones que las establecidas para los Depósito para materia prima (Ver parag. 7.3.1.3). 7.3.1.5 Depósito y lavado de envases Los locales donde se realice el lavado de envases reunirán las condiciones establecidas en “Características constructivas particulares de un comercio que trafica con productos alimenticios” (Ver parag. 7.2.2.1). En el caso de trabajar no más de dos personas, a los efectos de iluminación y ventilación, será considerado como local de primera clase y su superficie mínima no será menor que 9,00 m2 con un lado mínimo de 2,50 m y una altura libre mínima de 2,40 m. 7.3.1.6 Depósito de harina Cumplirán las mismas exigencias que las establecidas para Depósito para materia prima (Ver parag. 7.3.1.3) 7.3.1.7 Depósito para sal El depósito utilizado para guardar sal o materias salitrosas deberá tener muros y cielorraso con revestimientos impermeables y perfectamente alisados. El solado será de material impermeable y tendrá desagüe a la red cloacal, según disposiciones de O.S.N. 7.3.1.8 Depósito de combustibles Cuando se utilicen combustibles sólidos serán construidos en hierro, hormigón o albañilería. Los combustibles líquidos serán contenidos en depósitos que cumplimentarán lo dispuesto en “Almacenamiento subterráneo de combustibles líquidos” y "Tanque no subterráneo para combustible liquido de consume diario” (Ver parags. 8.12.1.0 y 8.12.2.0) 7.3.1.9 Cámara de desecación, maduración o estacionamiento Una cámara para desecación, maduración o estacionamiento, cumplirá lo dispuesto en “Características constructivas particulares de un comercio que trafica con productos alimenticios” (Ver parag. 7.2.2.1). 7.3.1.10 Sala de máquinas Cumplimentará las disposiciones generales de este Código que correspondan a los locales de tercera clase. 7.3.1.11 Cámaras frigoríficas Se ajustarán a lo establecido en "Características constructivas particulares para cámaras frigoríficas y establecimientos frigoríficos (Ver parag. 7.3.2.1). 7.3.1.12 Depósito pare residuos 142