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1 inodoro, 1 lavabo y 1 orinal para hombres y 1 retrete y 1 lavabo para mujeres; C) Depósito de mercaderías: habrá un depósito para las substancias alimenticias y otro independiente para otras mercaderías; d) Lugares para lavado y fraccionamiento: Cuando haya lugares para lavado. fraccionamiento, troceado o envase de productos alimenticios se dispondrá de sectores independientes para operar con productos alimenticios elaborados o no elaborados: en el último caso, los paramentos contarán ineludiblemente con revestimientos reglamentarios, como asimismo de piletas de material impermeable y liso y/o de acero inoxidable de medidas no inferiores que 1 m de largo, 0,60m de ancho y 0,30 m de profundidad con desagüe a la red cloacal y servicio de agua fría y caliente; e) Prevención contra incendio: Deberá cumplir las prevenciones contra incendio establecidas en “Prevenciones generales contra incendio” (Ver parag. 4.12) para mercados. 7.2.4.0 SUPERMERCADOS TOTALES, SUPERMERCADOS Y AUTOSERVICIOS DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS 7.2.4.1 Características constructivas de un supermercado total, supermercado o autoservicio de productos alimenticios Un supermercado total, supermercado o autoservicio de productos alimenticios, satisfará lo establecido en “Características constructivas particulares de un comercio que trafica con productos alimenticios (Ver parag. 7.2.2.1) y además lo siguiente: a) Depósito de mercaderías: Habrá un depósito para los productos alimenticios y otro independiente para otras mercaderías, que deberán cumplir con las disposiciones establecidas para los locales de 4ta clase cuando su superficie sea menor que 250 m2. Cuando supere esa superficie deberá cumplir con las disposiciones establecidas para los locales de tercera clase: b) Instalaciones frigoríficas: Las instalaciones frigoríficas satisfarán lo establecido en “Características constructivas particulares para cámaras frigoríficas y establecimientos frigoríficos” (Ver parag.7.3.2.1); C) Lugares para lavado y fraccionamiento: Cuando se efectúe el lavado, fraccionamiento, troceado o envase de productos alimenticios, se dispondrá de sectores independientes para operar con productos alimenticios elaborados y no elaborados; en el último caso, los paramentos contarán ineludiblemente con revestimiento reglamentario, debiendo además dicho sector poseer pileta de material impermeable y liso y/o acero inoxidable de medidas no inferiores a 1 m de largo, 0,60 m de ancho y 0,30 m de profundidad con desagüe a la red cloacal y servicio de agua fría y caliente; d) Servicio de salubridad para el público: El servicio de salubridad para el público se determinará según lo dispuesto en los incisos b) y d) de “Servicio mínimo de salubridad en locales y edificio