1 inodoro, 1 lavabo y 1 orinal para hombres y 1 retrete y 1 lavabo para mujeres;
C) Depósito de mercaderías: habrá un depósito para las substancias
alimenticias y otro independiente para otras mercaderías;
d) Lugares para lavado y fraccionamiento: Cuando haya lugares para lavado. fraccionamiento, troceado o
envase de productos alimenticios se dispondrá de sectores independientes para operar con productos
alimenticios elaborados o no elaborados: en el último caso, los paramentos contarán ineludiblemente con
revestimientos reglamentarios, como asimismo de piletas de material impermeable y liso y/o de acero inoxidable
de medidas no inferiores que 1 m de largo, 0,60m de ancho y 0,30 m de profundidad con desagüe a la red
cloacal y servicio de agua fría y caliente;
e) Prevención contra incendio: Deberá cumplir las prevenciones contra incendio establecidas en
“Prevenciones generales contra incendio” (Ver parag. 4.12) para mercados.
7.2.4.0 SUPERMERCADOS TOTALES, SUPERMERCADOS Y AUTOSERVICIOS DE PRODUCTOS
ALIMENTICIOS
7.2.4.1 Características constructivas de un supermercado total, supermercado o autoservicio de productos
alimenticios
Un supermercado total, supermercado o autoservicio de productos alimenticios, satisfará lo establecido en
“Características constructivas particulares de un comercio que trafica con productos alimenticios (Ver parag.
7.2.2.1) y además lo siguiente:
a) Depósito de mercaderías: Habrá un depósito para los productos alimenticios y otro independiente para
otras mercaderías, que deberán cumplir con las disposiciones establecidas para los locales de 4ta clase cuando
su superficie sea menor que 250 m2. Cuando supere esa superficie deberá cumplir con las disposiciones
establecidas para los locales de tercera clase:
b) Instalaciones frigoríficas: Las instalaciones frigoríficas satisfarán lo establecido en “Características
constructivas particulares para cámaras frigoríficas y establecimientos frigoríficos” (Ver parag.7.3.2.1);
C) Lugares para lavado y fraccionamiento: Cuando se efectúe el lavado, fraccionamiento, troceado o envase
de productos alimenticios, se dispondrá de sectores independientes para operar con productos alimenticios
elaborados y no elaborados; en el último caso, los paramentos contarán ineludiblemente con revestimiento
reglamentario, debiendo además dicho sector poseer pileta de material impermeable y liso y/o acero inoxidable
de medidas no inferiores a 1 m de largo, 0,60 m de ancho y 0,30 m de profundidad con desagüe a la red cloacal
y servicio de agua fría y caliente;
d) Servicio de salubridad para el público: El servicio de salubridad para el público se determinará según lo
dispuesto en los incisos b) y d) de “Servicio mínimo de salubridad en locales y edificio