LICITACIÓN: Acción de presentar una oferta
en una subasta o concurso público.
LITIGIO: Pleito.
HIPOTECA: Es un contrato formal por el que
una persona o entidad, denominada deudora
hipotecaria, grava bienes, inmuebles o
derechos reales susceptibles de enajenación,
como garantía del cumplimiento de una
obligación a favor de otra persona o entidad,
denominada acreedora hipotecaria. Para que
el contrato sea válido, es necesario que se
inscriba en el Registro de la Propiedad.
NOMINATIVO: Denominación que se utiliza
para designar la extensión de un documento a
nombre de una determinada persona física o
jurídica.
NOTARIO/A: Funcionario o funcionaria público
o pública autorizado/a para dar fe de la
veracidad de actos jurídicos de acuerdo a la
ley.
INSTITUCIÓN: Ente o asociación fundada, por
lo general, sin ánimo de lucro.
JURISDICCIÓN: Atribuciones de persona o
entidad en una materia determinada y en una
zona determinada.
OFERTA PÚBLICA DE ADQUISICIÓN (OPA):
Oferta pública de compra de acciones, con
intención de tomar posesión de una
participación mayoritaria en una sociedad,
cuyo precio suele ser mayor que el del
mercado.
LETRA DE CAMBIO: Documento mercantil
extendido por una persona (librador/a), que
ordena pagar a otra (librado/a) una
determinada suma de dinero a la orden de una
tercera (tenedor/a), en una fecha y lugar
especificado. PAGARÉ: Es un documento por el que una
persona, que es al mismo tiempo libradora y
librada, se compromete a pagar a la orden de
otra, una determinada cantidad de dinero en
una fecha determinada.
LIBRADO/A: Es la persona o entidad a cuyo
cargo se gira una letra de cambio. PLIEGO DE CONDICIONES: Escrito en el que
figuran las bases generales en la subasta o
concurso de una obra o servicio por la
Administración Pública.
LIBRADOR/A: Es la persona o entidad que
extiende una letra de cambio.
LICENCIA: Permiso o capacidad para realizar
algo y el correspondiente escrito que acredita
dicha autorización.
PRIMA DE EMISIÓN: Denominación que se
utiliza para designar la cantidad de dinero que,
por encima del valor nominal de unas
acciones, tienen que pagar en ocasiones las
personas suscriptoras de las mismas a la
entidad emisora. En el caso de las