parte ( comprador ) una cosa y transmitirle su dominio , y el adquiriente a su vez obliga a pagar cierto precio en dinero .
CONCILIACIÓN BANCARIA : Proceso Sistemático de comparación entre los ajustes contable de una cuenta corriente realizada por el banco y la cuenta de bancos correspondientes en la contabilidad de una empresa , con una explicación de las diferencias encontradas .
CONSUMIDOR : Todo agente económico que demanda bienes y servicios de consumo para satisfacer alguna necesidad específica .
CONSUMO : Acción por la cual los diversos bienes y servicios son usados o aplicados a los fines a que están destinados , ya sea satisfaciendo las necesidades de los individuos o sirviendo los propósitos de la producción . La economía considera el consumo como el fin esencial de la actividad económica .
CONTABILIDAD : Es un sistema de información basado en el registro , clasificación , medición y resumen de cifras significativas que expresadas básicamente en términos monetarios , muestra el estado de las operaciones y transacciones realizadas por un ente económico contable .
CONTINGENTES : En comercio internacional , un método para proteger la industria nacional de la competencia exterior o para reducir la presión en la balanza de pagos limitando las importaciones . Con fines proteccionistas , el contingente es más seguro que el arancel o tarifa en sus efectos sobre la cantidad de importaciones .
CONTRATO : Es un acto por el cual una parte se obliga para con otra dar , hacer o no hacer , alguna cosa . Acuerdo de voluntades entre dos o más personas que se obligan a dar y hacer algunas cosas o realizaciones conjuntas . Lo normal es que , mediante procedimientos legales , las partes que han sumido una obligación contractual pueden ser forzadas a su cumplimiento .
CONTRIBUCIÓN : Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador , beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales y cuyo producto debe tener un destino ajeno a la financiación de la s obras o actividades que constituyen el presupuesto de la obligación .
CONTRIBUYENTE : Es el sujeto respecto de quien se realiza el hecho generador de la obligación sustancial .
CORRECCIÓN MONETARIA : Corresponde a la diferencia entre la revalorización de los activos sujeto a corrección monetaria y la revalorización del capital propio financiero .
COSTO : Es un gasto , erogación o desembolso en dinero o especie , acciones de capital o servicios , hecho a cambio de recibir un activo . El efecto tributario del término costo ( o gasto ) es el de disminuir los ingresos para obtener la renta .
COSTO FIJO : Costo que en el coto plazo permanece constante cuando la cantidad producida se incrementa o disminuye , dentro de ciertos rangos de producción- . Algunos de estos costos se presentan aunque no se produzca nada .
COSTOS INDIRECTOS : Costos normalmente |
de difícil identificación o resultado de bienes y |
servicios aplicables a la actividad en general . |
Incluyen |
costos |
de |
operaciones |
de |
manufacturas |
( mantenimiento , |
gastos |
generales , etc .) |
|
|
CREDITO : Obtención de recursos en el presente sin efectuar un pago inmediato , bajo la promesa de restituirlos en el futuro en condiciones previamente establecidas . Pueden ser recursos financieros o referirse a bienes y servicios .
CUENTA CORRIENTE : 1 . Parte de la Balanza de Pagos que registran las transacciones corrientes de mercaderías y servicios reales y financieros . 2 . Depósito bancario del que puede retirarse todo o parte contra presentación de cheque .
CUENTA DE CAPITALES : Cuenta de la Balanza de Pagos usada como contrapartida de la Cuenta Corriente . Incluye el flujo