DESAFÍOS ANTIL AVADO
AML CHALLENGES
cuando haciendo participar una inmersión
profunda en las estructuras de propiedad de
los interesados.
50 por ciento. En función de la propensión al
riesgo de una empresa, considerarían el costo
de esa investigación adicional como fuera de
línea con el riesgo residual reducido.
¿Se atrapó su interés?
Al determinar posibilidades de propiedad
para descubrir “intereses en la propiedad”, se
aplica un cálculo diferente. Suponiendo que
uno puede determinar toda la estructura de la
propiedad, la regla debe ser explícita. Por
ejemplo, si uno sabe de una participación pro-
hibida, debe alejarse, independientemente de
su tamaño (a menos que se pueda obtener
una licencia de la OFAC).
¿Y si no es posible determinar todos los pro-
pietarios? Si una empresa se lleva estrecha-
mente, no sería irrazonable tratar la falta de
integridad como una señal de alerta y recha-
zar la oportunidad de negocio. En cualquier
caso, uno podría también—sobre una base
basada en el riesgo—considerar el tamaño
relativo de los posibles beneficios económicos
que podrían extenderse a los propietarios des-
conocidos. Después de todo, uno de los facto-
res generales de la OFAC delineados en sus
Directrices de Aplicación es la Vulneración de
los Objetivos del Programa Sanciones, que
incluye:
“El Beneficio Económico u Otros para el
Individuo, Entidad, o País Sancionado: El
beneficio económico u otro conferido o tra-
tado de conferir a personas, entidades o paí-
ses sancionados como consecuencia de una
violación aparente, incluyendo el número,
tamaño, y el impacto de las transacciones
que constituyen una violación aparente(s),
la longitud de tiempo durante el que se pro-
dujeron, y la naturaleza del beneficio econó-
mico u otro conferido”. 4
Cuando se tiene en cuenta la participación en
la propiedad que no se contabiliza (por ejem-
plo, las limitaciones de reglas de divulgación
de propiedad relevantes y la magnitud total
de la relación comercial), una empresa puede
decidir si el beneficio potencial concedido a
un propietario desconocido sancionado
podría ser menospreciado en una investiga-
ción de la OFAC. También hay que tener en
cuenta si la participación en la propiedad en
cuestión es incognoscible (por ejemplo, la
propiedad de acciones por debajo de los
umbrales de registro), o simplemente desco-
nocida (por ejemplo, debido a la falta de coo-
peración por parte de la organización en la
producción de una divulgación completa)
cuando se hace la decisión.
Los límites exteriores
La OFAC proporciona una Regla de 50 por
ciento orientativa, pero no proporciona
incluso un ápice de los datos pertinentes
para el cumplimiento. Lo mismo, quizá más
razonablemente, ya que es realmente sólo
relevante para relaciones directas, se aplica
al determinar “los intereses de la propie-
dad”. Esto presenta una gran carga de la
investigación en curso de la Regla del 50 por
ciento para las empresas, así como de vez en
Afortunadamente, hay proveedores comercia-
les. Una empresa ha identificado más de 8.800
entidades cuyos sujetos sancionados tienen
un 10 por ciento o más de participación en la
propiedad, cargos en el consejo de adminis-
tración o control de voto sin propiedad (tam-
bién mencionado en la guía de la OFAC sobre
exhibir precaución fuera de los casos de pro-
piedad del 50 por ciento) objetivos de sancio-
nes tanto para la OFAC como para la UE.
Además, en el lado más general de la propie-
dad efectiva de investigación, otro proveedor
tiene información de más de 200 millones de
entidades. Si bien ninguno puede ser compre-
hensivo, pueden ser buenos puntos de partida
tanto para el control de riesgos y de los costos
de investigación, sobre todo si tenemos en
cuenta los conocimientos lingüísticos necesa-
rios para llevar a cabo este tipo de investiga-
ción en todo el mundo.
Limbo legal
Ni las acciones de aplicación de Halliburton
ni las de Barclays fueron concebidas como
ejercicios de “nombrar y avergonzar”, como
debería quedar claro a partir de los tama-
ños nominales de los arreglos hechos. La
razón por la que se impusieron multas, y se
publicaron las acciones fue por reforzar el
nivel de cuidado que los reguladores espe-
ran actualmente. Al igual que el juego de
limbo, con el tiempo, la cantidad de margen
de maniobra que hay frente al reto que nos
ocupa es cada vez menos. Por lo tanto,
¿cuánto está usted dispuesto a bajar en la
búsqueda de posibilidades de propiedad
que entran en conflicto con las regulacio-
nes y orientaciones de sanciones?
Eric A. Sohn, CAMS, director de productos de
negocio, Dow Jones Risk & Compliance,
Nueva York, NY, EE.UU., eric.sohn@dowjo-
nes.com
“Economic Sanctions Enforcement Guidelines,” Department of Treasury, 9 de noviembre del 2009,
https://www.treasury.gov/resource-center/sanctions/Documents/fr74_57593.pdf
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