Spanish ACAMS Today (Junio-Agosto 2017) Vol. 16 No. 3 | Page 53

CUMPLIMIENTO Definiendo el cumplimiento dentro del espectro de ALD Según Martin T. Biegelman, director gerente de regulación, forense y cumplimiento de Deloitte, “El cumplimiento significa cumplir la ley y más. Se trata de asegurar que las organizaciones adhieran a todos los requisi- tos legales aplicables. Es un proceso deta- llado y complejo”. 2 Ahora, vamos a transmitir este concepto básico en el contexto de ALD donde las instituciones financieras tienen que hacerles frente a las regulaciones cada vez más estrictas y requisitos de control legal nacionales e internacionales más importantes. El cumplimiento sería el pro- ceso dirigido a asegurar que todos los requi- sitos de notificación, presentación y mantenimiento de registros de la Ley de Secreto Bancario (BSA) y la Oficina de Con- trol de Activos Extranjeros (OFAC) se cum- plan en consecuencia. Los actuales programas de cumplimiento de ALD deben ser capaces de incluir formas prácticas (por ejemplo, diseñar un sólido proceso de BSA y de financiamiento del terrorismo basado en el proceso de riesgo y los procedimientos relacionados con la Sec- ción 314(a) de la Ley del Patriota) para ayu- dar a las agencias de control legal a descubrir ganancias de la delincuencia, incluido el financiamiento del terrorismo. La única forma de hacerlo eficientemente es crear y fomentar una cultura de cumplimiento que no sólo se base en sus tres catalizadores con- vencionales (formación, control interno y auditoría interna), sino también en un con- junto apropiado y adecuado de valores fun- damentales (entre los que la ética desempeña un papel factual y crítico), cana- les de comunicación eficaces, buena gober- nabilidad y liderazgo proactivo. Valores fundamentales Los valores fundamentales de una institu- ción financiera deben basarse en la ética y principios sólidos que aseguren intrínseca- mente todos los procesos considerados en su programa de cumplimiento de ALD llevados a cabo por gerentes y empleados que creen 1 2 3 4 5 vehementemente que lo que están haciendo es lo mejor para su organización y para la sociedad en general. No importa cuán com- plejo, bien estructurado e inclusivo sea este programa, si los valores fundamentales de la entidad no ocurren en las mentes de todas las partes interesadas del proceso de cum- plimiento de ALD, será difícil alcanzar el objetivo final deseado del programa. Por ejemplo, si un analista del ingreso de un cliente nuevo (a pesar de tener a mano un conjunto fuerte de procedimientos de CIP y KYC o no), no aplica principios de ética e integridad fuertes para fortalecer aún más el cumplimiento corporativo de la institución financiera, creyendo firme- mente que es la única manera de combatir enérgicamente cualquier posible intento de lavado de dinero, entonces una identifi- cación exacta de los beneficiarios efectivos será casi imposible. Las agencias de control legal depend erán fuertemente de la diligencia debida y de las prácticas de diligencia debida mejorada al preguntar por las propiedades “oscuras”, especialmente para las que involucran estructuras empresariales complejas. De hecho, durante la última cumbre del G20 realizada en julio de 2016 en Han- gzhou, China, el Grupo de Acción Finan- ciera Internacional destacó la urgencia de implementar mejoras importantes en algu- nos países donde se evaluó el problema del propietario efectivo. 3 Un ejemplo claro de lo imprescindible que es conocer la verdadera identidad de los clien- tes de la institución financiera a lo largo del proceso CIP es, sin duda, la regla final emi- tida por la Red Contra los Delitos Financie- ros, que se relaciona con los requisitos de debida diligencia del cliente dirigidos a identificar y verificar la identidad de los beneficiarios efectivos de clientes de entida- des jurídicas sujetos a ciertas exclusiones y exenciones. La regla destaca, entre otros aspectos, la importancia de: “1) Aumentar la disponibilidad para las agencias de control legal, así como a los reguladores funcionales federales y organizaciones autorreguladoras (SRO por sus siglas en inglés), de informa- ción sobre la propiedad efectiva de clientes de entidades legales obtenidos por institu- ciones financieras de los EE.UU., que ayudan a las agencias de control legal en investiga- ciones financieras y en una variedad de exá- menes e investigaciones regulatorios y 2) Aumentar la capacidad de las instituciones financieras, las agencias de control legal y la comunidad de inteligencia para identificar los activos y las cuentas de las organizacio- nes terroristas, actores corruptos, lavadores de dinero, jefes de narcotráfico, proliferado- res de armas de destrucción masiva y otras amenazas a la seguridad nacional, lo que for- talece el cumplimiento de los programas de sanciones destinados a socavar la financia- ción y el apoyo a esas personas”. 4 Comunicación efectiva La comunicación efectiva es otro elemento crítico por considerar al tratar de fomentar una cultura de cumplimiento vigorosa. Por ejemplo, los valores deben comunicarse de manera convincente desde arriba. Además, debido al carácter regulador del sector de ALD, los sistemas de comunica- ción, los protocolos y los procesos necesitan trabajar de una manera extremadamente sincronizada, evitando siempre las brechas de comunicación y/o sistemáticas de proce- dimientos. Comprender y reconocer las diferentes leyes y reglamentos de ALD constituyen la pri- mera prioridad. Las entidades que funcio- nan bajo la BSA, la Ley del Patriota y OFAC deben implementar, ajustar, administrar y monitorear sus canales y marcos de comuni- cación para anular cualquier posibilidad de caer en una situación de “ceguera intencio- nal” que podría ser creada por brechas o fil- traciones relacionadas con la comunicación. De hecho, ni la propia entidad ni sus emplea- dos deberían poder evadir una acusación penal o una acusación civil alegando que no sabían que se estaban violando ciertos esta- tutos de ALD. 5 Un gran escenario para describir la impor- tancia de tener un sistema de comunicación efectivo existente es cuando se trata de soli- citudes 314(a). Una solicitud 314(a) es un mecanismo potente utilizado por diferentes agencias de control legal para identificar las Sarah Stillmam, “Taken,” The New Yorker, 12 de agosto del 2013, http://www.newyorker.com/magazine/2013/08/12/taken Martin T. Biegelman, Building A World-Class Compliance Program: Best Practices and strategies for Success, published by Wiley, Hoboken, New Jersey, p. 2. “FATF Report to the G20: Beneficial Ownership,” FATF, September 2015, http://www.fatf-gafi.org/media/fatf/documents/reports/G20-Beneficial-Ownership- Sept-2016.pdf “Customer Due Diligence Requirements for Financial Institutions,” FinCEN, 11 de julio del 2016, https://www.federalregister.gov/documents/2016/05/11/2016-10567/ customer-due-diligence-requirements-for-financial-institutions.. Martin T. Biegelman, Building A World-Class Compliance Program: Best Practices and Strategies for Success, published by Wiley, Hoboken, New Jersey, p. 2. ACAMS TODAY | JUNIO–AGOSTO 2017 | ESPANOL.ACAMS.ORG | ACAMSTODAY.ORG 53