iniCiAtiVA De RegLAMentACiÓn
Resumen del Documento del Grupo Egmont sobre
Intercambio de ROS a Nivel General de Empresas
E
l 3 de febrero de 2011, el Grupo
Egmont de Unidades de Inteligencia Financiera (UIFs) publicó un
documento titulado “Intercambio de ROSs
a nivel general de empresa: Temas y Enfoques” sobre el intercambio de reportes de
operaciones sospechosas (ROSs) por parte
de instituciones financieras que operan en
distintas jurisdicciones. El documento señala
que es importante que cada jurisdicción
considere los temas enfoques posibles identificados en el documento y analice cómo
adaptar su régimen ALD/CTF y establecer
mecanismos adecuados para facilitar el intercambio de ROS a nivel general de empresas
que no socave la confidencialidad de los
ROS. Si bien al reconocer que el intercambio
de ROSs a nivel general de empresas permite
la administración del riesgo a nivel general
de la empresa y presenta importantes eficiencias operativas, el Grupo Egmont reconoce
que la cooperación internacional será fundamental para lograr progresos en este tema,
y que ninguna jurisdicción puede hacer que
el intercambio internacional de ROSs sea
posible por sí misma.
El documento, que representa la culminación
de dos años de trabajo del Grupo Egmont,
presenta algunos enfoques que las jurisdicciones pueden tomar, aunque no aboga por
ningún enfoque en particular.
El Grupo Egmont realizó una encuesta entre
sus miembros y concluyó que una cantidad
importante permite el intercambio de ROSs
internacional dentro de un grupo financiero.
Sin embargo, el Grupo Egmont también
concluyó que muchas jurisdicciones no
brindan protecciones legales para los ROSs
generados en otras jurisdicciones. Esta
pérdida de protecciones de confidencialidad
pone en peligro el intercambio internacional
de ROSs, hace peligrar las investigaciones de
las autoridades de control legal, puede violar
la privacidad financiera del sujeto incluido
en el ROS y puede colocar en situación de
peligro al personal de cumplimiento que
realiza la presentación de ROSs. El Grupo
Egmont reconoció que la confidencialidad
de los ROSs es de fundamental importancia
para la operación exitosa del régimen de
presentación de ROSs en cualquier juris-
48
dicción. El documento señala que el intercambio de ROS a nivel general de empresa
puede mejorar todos los aspectos del cumplimiento, incluida la diligencia debida sobre
el cliente, el monitoreo de transacciones, el
reporte de operaciones sospechosas y las
eficiencias operativas. Indicó además que
las agencias de control legal en varias jurisdicciones podrían beneficiarse con el intercambio de ROS a nivel general de empresa,
así también como con la información
presentada en una jurisdicción puede ser de
interés para las autoridades de control legal
en otras, especialmente en los casos en los
que haya clientes en varias jurisdicciones,
financiamiento del terrorismo, delitos transnacionales, corrupción y la convergencia del
fraude y el lavado de dinero.
El documento presentó cinco enfoques
distintos, elaborando una lista de las ventajas
y limitaciones con cada enfoque, e indicaba
que varias combinaciones de los enfoques
podrían utilizarse para lograr un mayor
efecto que cada uno individualmente.
Enfoque por Categoría de Delito
Bajo el Enfoque por Categoría de Delito, solo
ciertos delitos severos están autorizados
para poder compartirse los ROSs, como el
financiamiento del terrorismo y los delitos
de no proliferación. Este enfoque tiene varias
ventajas en que permite a las UIFs mantener
un control estricto sobre los ROSs que se
envían desde una jurisdicción y les permite
a los grupos financieros implementar procedimientos para aquellos delitos más perjudiciales para sus intereses legales y financieros.
Sin embargo, este enfoque no resuelve el
tema de las protecciones legales de los ROSs
en otras jurisdicciones. También limita la
capacidad de las instituciones financieras
para impl [Y[