iniCiAtiVA De RegLAMentACiÓn
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Enfoque de Compartir en
Línea Ascendente
alguna manera similar al concepto de Grupo
de Negocio Designado (GND) de Australia,
aunque los GNDs no requieren la aprobación gubernamental. Este enfoque les da a
las jurisdicciones la capacidad de limitar los
riesgos de intercambio de ROS determinando
aquellos grupos financieros que aplican
suficientes controles para restringir el intercambio de ROSs cuando sea aceptable.
Sin embargo, el proceso para aprobar a los
grupos financieras para el intercambio de
ROS crea la posibilidad de controversia y
crítica de la autoridad competente. Éste es
particularmente el caso cuando un grupo
financiero es aprobado para intercambiar
la información y otro no lo es. Esta controversia puede crear problemas de reputación para los bancos, lo cual no solo crea
inquietud sobre la seguridad y eficiencia de
los grupos financieros que no son aprobados,
sino que también genera una fuerte falta
de incentivo para la jurisdicción para que
rechace a los grupos financieros que lo soliciten. Esto claramente requeriría un proceso
bien elaborado. El proceso de aprobación se
complicaría aún más por la evaluación de
varias operaciones y requisitos extranjeros
impuestos sobre el grupo financiero, como
la capacidad para rehusarse a entregar un
ROS presentado en el extranjero — es el
caso de un ROS que fue presentado fuera
de la jurisdicción pero que ha sido compartido con una afiliada en la jurisdicción — a
pedido de la autoridad local. Esto podría
potencialmente limitar el intercambio de
ROSs dentro de una jurisdicción.
Para los gobiernos, este enfoque requiere
personal altamente especializado para evaluar
la idoneidad de los controles para el intercambio de ROSs y genera las posibles preguntas
sobre neutralidad competitiva y equidad regulatoria, incluidos los desafíos legales.
Bajo el Enfoque de Compartir
en Línea Ascendente, el intercambio internacional de ROS
estaría autorizado solo entre
las oficinas principales: las
oficinas principales no pueden
“compartir hacia abajo” con las
afiliadas. Los EE.UU. utilizaron
este enfoque hasta hace unos
pocos meses. Este enfoque
representa una fuerte aprobación por parte de las jurisdicciones del
cumplimiento ALD y de la administración del
riesgo a nivel general de la empresa. También
limita la cantidad de ROSs entregados a
jurisdicciones extranjeras, disminuyendo
los temas de confidencialidad de los ROS, ya
que el intercambio solo está permitido hacia
la empresa matriz, no hacia toda la red del
grupo financiero.
Sin embargo, bajo este enfoque, las jurisdicciones no pueden controlar cuándo un grupo
financiero envía un ROS a una oficina principal extranjera ubicada en una jurisdicción
considerada de alto riesgo a los fines de la
confidencialidad de los ROSs. La incapacidad
para compartir hacia los niveles por debajo
de la entidad puede crear desafíos operativos para un programa ALD a nivel general
de la empresa amplio, la administración de la
empresa y la diligencia debida sobre el cliente.
Además, la incapacidad para compartir hacia
los niveles inferiores también puede limitar
el reporte de transacciones sospechosas, con
impactos adversos en el área de control legal,
especialmente cuando el conocimiento del
ROS en una jurisdicción podría dar información a otra jurisdicción (p.e., una operación
criminal internacional).
Para los gobiernos, este enfoque requiere una
inversión minima por jurisdicción. Bajo este
enfoque,