ALD en toDo eL MunDo
Finanzas islámicas, lavado de dinero
y financiamiento del terrorismo
L
as finanzas islámicas se refieren a una
forma de financiamiento que cumple
con los principios de la Shariah o ley
islámica. Las finanzas islámicas modernas
surgieron en la década del ’70, luego del
primer impacto producido por el aumento
del petróleo en 1973. Actualmente, las
finanzas islámicas se han extendido a nivel
global a los países musulmanes y también a
los no musulmanes; constituyen un sector
pequeño pero en crecimiento de la industria
financiera en general, y casi todos los bancos
más grandes están ingresando al mercado
bancario islámico.
Los principios más importantes de las
finanzas islámicas, que difieren del financiamiento de deudas convencionales, son
la prohibición de cobrar intereses (riba), la
prohibición de incluir elementos que constituyan incertidumbre (gharar), la adherencia
a compartir el riesgo y compartir las ganancias, la promoción de inversiones éticas y el
respaldo con bienes.
El estudio apunta a determinar si las finanzas
islámicas son más o menos vulnerables a
ser utilizadas indebidamente por los lavadores de dinero o por aquellos que llevan a
cabo financiamiento del terrorismo. Hay dos
temas que no serán analizados de manera
amplia: los riesgos de lavado de dinero/financiamiento del terrorismo (LD/FD) sobre el
sector financiero islámico y los riesgos de
LD/FT del sector financiero islámico (complicidad del banco), dado que estos riesgos son
los mismos que aquellos vinculados al sector
financiero convencional. De hecho, las consecuencias negativas de las actividades de LD/
FT en una institución financiera, sea islámica
o convencional, pueden describirse como
riesgos operativos, legales, reputacionales o
de concentración.1 Además, la complicidad
del banco, sea en el sector financiero islámico o convencional, definitivamente facilita
la comisión de los delitos financieros.
Cumplimiento ALD/CTF en las
instituciones financieras islámicas
Si bien el riesgo de incumplimiento con los
principios de la Shariah es exclusivo de
los bancos islámicos, el riesgo de incumplimiento d las leyes y regulaciones ALD/CTF
es común a los bancos convencionales e islámicos. Las políticas y procedimientos ALD/
CTF deben incluir, entre otros: identificación
del cliente, monitoreo constante de cuentas
y transacciones, conservación de registros
y reporte de operaciones sospechosas2. En
este contexto, una política reforzada del
Conozca a Su Cliente (CSC) es una necesidad
vital para cualquier banco islámico, especialmente en el curso del financiamiento de entidades comerciales.
De hecho, los bancos islámicos generalmente ingresan en una “asociación” con sus
clientes, lo cual es contrario a los bancos
convencionales, que se basan en un retorno
fijo y predeterminado y en consecuencias
están menos ocupados con la integridad y
legitimidad de sus clientes y generalmente
más preocupados respecto de los bienes y
los valores subyacentes. Por ende, los bancos
islámicos tienen que conocer muy bien a sus
clientes, así también como sus actividades
comerciales, fuentes y usos de los fondos.
Más aún, el modelo de riesgo y de división de
la recompensa obliga a los bancos islámicos
a no dejar nada sin revisar a fin de obtener
la mayor ganancia posible de cada inversión.
Además, los
autorizados a
considerados
los negocios
bancos islámicos no están
invertir en negocios que sean
haram (prohibidos) como
vinculados a la pornografía,
alcohol, apuestas, productos cuya base sea
el cerdo, etc. Así, a fin de cumplir con la
Shariah y evitar el daño reputacional, los
bancos islámicos tienen que ser muy cuidadosos con relación a sus clientes, asegurándose que sus fuentes de recursos no deriven
de actividades criminales o que no cumplan
con la Shariah.
Asimismo, el financiamiento en cumplimiento de la Shariah está basado en gran
medida en bienes y es utilizado para financiar
determinados bienes materiales. Esta característica les permite a los bancos islámicos
conocer el uso efectivo de sus fondos.
Por último, pero no por ello menos importante, los bancos islámicos están obligados,
además de las auditorías estándar, a tener
una junta directiva Shariah que analice y
apruebe las prácticas y actividades financieras para asegurarse el cumplimiento con
los principios islámicos. Esas revisiones
incrementan la probabilidad de identificación de cualquier cuenta criminal. Esta
característica de cumplimiento exclusivo de
las finanzas islámicas debería ser reconocida
como una prevención de financiamiento del
terrorismo y de lavado de dinero creíble.
En comparación con los bancos convencionales, los bancos islámicos están en una
mejor situación para identificar y prevenir
transacciones ilegales, incluidas las actividades LD/FT, por su activa participación y
conocimiento de sus clientes.
Tipologías LD/CF vs. Métodos islámicos
de financiamiento
Los riesgos LD/FT que enfrenta una institución financiera dependen de muchos
factores, incluidos su base de clientes, ubicación, productos y servicios y su tamaño. Lo
que interesa para este estudio son los riesgos
Comité de Basilea sobre Supervisión Bancaria, Diligencia debida sobre el Cliente, Octubre de 2001.
Badr El Banna, El lugar del Líbano en la lucha internacional contra el blanqueo de capitales y el financiamiento del teorrorismo (La place du Liban dans la répression internationale du
blanchiment d’argent et du financement du terrorisme), Sader Publishers, Beirut, 2010.
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ACAMS TODAY | JuniO–AgOSTO 2011 | ACAMS.ORg/ESPAnOL