NSM
El caso de la
autocertificación de
—Llevando el cumplimiento
NSM a un nivel más alto
C
omo CAMS que trabajó muy de
cerca con clientela de bancos y
Negocios de Servicios Monetarios
(NSM) durante muchos años, tengo que
reconocer que el único atributo más importante que se necesita en nuestro trabajo
es una nariz aguda. Y por eso, primero
tuvimos la novedad sobre un proyecto
pendiente que les permitiría a los NSM que
“autocertificaran” su cumplimiento, nuestro sentido del olfato inmediatamente se
puso en alerta.
A veces, sin embargo, tenemos que agradecer la actual corriente legislativa para
la autocertificación de los NSM como algo
muy bueno para el público, los bancos y los
NSMs.
El tema que subyace en esta legislación
es un fenómeno conocido como la “discontinuidad de los bancos”. Los NSMs se han
visto plagados por una cantidad reducida
rápidamente de bancos que aceptaran
tenerlos como clientes. Mucho de esto se
considera que se debe al traspaso de la responsabilidad y las obligaciones del banco
al cumplimiento NSM. La discontinuidad
de los bancos está obligando a los NSMs a
cerrar sus puertas y está dificultándole a
aquellos que no tienen servicios bancarios
en el país a obtener servicios financieros
locales esenciales que brindan los NSM.
La legislación pendiente — presentada
por la Representante Carolyn B. Maloney
(Demócrata por el estado de Nueva York)
como H.R. 2893 el 17 de junio— es denominada la “Ley de Negocios de Servicios
Monetarios”. Su objetivo es aliviar las
cargas regulatorias sobre los bancos
comerciales que prestan servicios a la
comunidad de NSM, que incluye a todo,
desde remesadoras de transferencias hasta
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Diciembre–Febrero 2010
tiendas donde se pagan cheques, y el
quiosco de la esquina.
El concepto detrás del proyecto es que
los bancos estarán más proclives para
prestar servicios bancarios a los NSMs
si se ven relevados de la responsabilidad
por la implementación del programa de
cumplimiento NSM, y por ende, también
relevados de la obligación de realizar revisiones de los NSMs. Tener una opinión
negativa de cualquier esfuerzo que pudiera
teóricamente debilitar la responsabilidad
regulatoria siempre es una posición fácil.
Pero después de un par de días de analizar con colegas qué representaría la H.R.
2893 para el mund