Spanish ACAMS Today (Diciembre ’09- Febrero ’10) Vol. 9 No. 1 | Seite 43

INICIATIVA DE REGULACIÓN una excepción. La Sección (a)(1) 18 U.S.C. § 1956 invoca la aplicación criminal de la MLCA estableciendo que “cualquiera, sabiendo que la propiedad involucrada en una transacción financiera representa los fondos obtenidos mediante alguna forma de actividad ilegal, realice o trate de realizar esa transacción financiera que de hecho incluya a los fondos procedentes de una actividad ilegal específica”. La Sección (c)(7)(B)(ii)-(iv) de la ley luego enumera al “soborno de un funcionario público, o la apropiación indebida, el hurto o malversación de fondos públicos por parte de o en beneficio de un funcionario público” al definir distintos ejemplos que constituyen “actividad ilegal específica”. Al aplicar este concepto está claro que cuando se está ante un tema antisoborno de la FCPA, también se está frente a la aplicación de las leyes de lavado de dinero funcionando en tándem. Un ejemplo de esto puede verse en el comunicado de prensa del 4 de junio de 2007 emitido por el Departamento de Justicia de los EE.UU. en el que se detallaba una acusación contra el congresista William J. Jefferson indicando que “los 16 cargos presentados, resueltos por un gran jurado federal en Alexandria, estado de Virginia, acusaban a Jefferson de pedido de sobornos, fraude con transferencias por servicios honestos, lavado de dinero, obstrucción de justicia, violación de la Ley de Prácticas Corruptas Extranjeras, malversación y conspiración”. El comunicado indicaba además que la acusación “indica que Jefferson violó la Ley de Prácticas Corruptas Extranjeras al haber, supuestamente, ofrecido, prometido y realizado pagos a un funcionario extranjero para promover los distintos emprendimientos comerciales en los cuales él y su familia tenían intereses financieros”. ¿Quién está sometido a la FCPA? La Guía Lay-Person sobre la FCPA encontró en el sitio de Internet del Departamento de Justicia, clasificaciones de la FCPA en dos clases. Primero, es ilegal la actividad una persona de los EE.UU., que realiza un pago corrupto a un funcionario extranjero con el objeto de obtener o mantener negocios para cualquier persona. Estas disposiciones también se aplican a las empresas y personas físicas extranjeras que actúan realizando tal pago corrupto mientras se encuentren en los Estados Unidos. Segundo, la FCPA también obliga a las compañías cuyos títulos valores cotizan en bolsas de los Estados Unidos cumplan con sus disposiciones contables. Ver el título 15 U.S.C. § 78m. Estas disposiciones, que www.ACAMS.org/espanol fueron elaboradas para operar en tándem con las normas antisobornos de la FCPA, obligan a las compañías a llevar libros y registros contables que reflejen exacta y adecuadamente las transacciones de la compañía y a elaborar y mantener un sistema adecuado de controles contables internos. La mencionada norma antisobornos tiene importantes relaciones con el ALD e involucra al Departamento de Justicia y la realización de procesos acusatorios criminales. Como demostró la recientemente sanción monetaria sin antecedentes de la FCPA de US$800 millones aplicada contra la multinacional alemana Siemens AG, la ley se aplica a las instituciones no financieras en el sector privado de negocios. Aunque no es evidente, es importante señalar que la FCPA teóricamente puede ser interpretada aplicándose a las instituciones financieras si los funcionarios de estas instituciones tienen contacto directo o indirecto con un funcionario gubernamental. O, como alternativa, la misma institución puede heredar una obligación FCPA si adquiere una participación en otra entidad que esté violando la ley. Por ejemplo, el Reporte 8-K del 9 de febrero de 2009 pr