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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE ANTIOQUIA INSTITUCIÓN EDUCATIVA ESCUELA NORMAL SUPERIOR MIGUEL ÁNGEL ÁLVAREZ FRONTINO ANTIOQUIA Nit . 811025326-6
4 . El desarrollo y cumplimiento de los procesos como : . Favorecer en cada alumno el desarrollo de sus capacidades y habilidades .
4.1 . Aplicación como mínimo de 6 acciones evaluativas , por período , en las asignaturas con 3 ó más horas de intensidad horaria semanal y 3 acciones para las que tengan menor intensidad .
4.2 . Las pruebas externas o los simulacros de estas , que se apliquen en el período , servirán como evaluación general en cada una de las asignaturas contempladas en el examen .
4.3 . El desarrollo de las actividades de apoyo será permanente y continuo .
5 . El año lectivo estará distribuido en 4 períodos académicos de 10 semanas cada uno , del nivel Preescolar hasta la media , en el P . F . C . cada semestre será de dos periodos .
6 . No se aprueba una asignatura si se presenta cualquiera de las siguientes condiciones : cuando se registra desempeño bajo o por la inasistencia mayor al 20 % sin justificación .
PARÁGRAFO 1 : si por situaciones de salud , calamidad doméstica u otra fuerza mayor , el estudiante debe ausentarse más del 30 %, deberá repetir el grado que cursa ; sin embargo le asisten todos los derechos y procedimientos para demostrar suficiencia académica en el año lectivo o semestre siguiente . PARAGRAFO 2 : Para el nivel de preescolar la evaluación se establece de acuerdo al decreto 2247 de 1997 , Artículo 10 : “ En el nivel de educación preescolar no se reprueban grados ni actividades . Los educandos avanzarán en el proceso educativo , según sus capacidades y aptitudes personales .
PARAGRAFO 3 : además de las áreas obligatorias y fundamentales , y acorde a la misión de la institución , se establecen como asignaturas fundamentales la práctica y la pedagogía .
Para el programa de formación complementaria serán fundamentales las asignaturas organizadas en el pensum académico
ARTÍCULO OCTAVO : CRITERIOS DE PROMOCIÓN :
Se define la Promoción en la Institución Educativa Normal Superior Miguel Ángel Álvarez , como el reconocimiento que se le hace a un estudiante porque ha cumplido adecuadamente una fase de su formación y demostrado que reúne las competencias necesarias para que continúe al grado siguiente , de acuerdo con los criterios y el cumplimiento de los procedimientos señalados en el presente acuerdo :