SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE ANTIOQUIA INSTITUCIÓN EDUCATIVA ESCUELA NORMAL SUPERIOR MIGUEL ÁNGEL ÁLVAREZ FRONTINO ANTIOQUIA Nit . 811025326-6
1 . Será promovido al grado siguiente al finalizar el año escolar , o al siguiente semestre en el caso de la formación complementaria , el estudiante que obtenga niveles de desempeño Básico , Alto o Superior en todas las asignaturas del Plan de Estudios del grado . El estudiante que al finalizar el año académico repruebe hasta 2 asignaturas puede realizar plan de recuperación durante las dos primeras semanas del año lectivo siguiente con el acompañamiento del docente , si las aprueba será promovido , si aprueba una asignatura y reprueba la otra tendrá una nueva oportunidad de recuperación en una semana adicional consecutiva , si aprueba será promovido , en caso contrario se realizará análisis por parte de la comisión de evaluación de acuerdo con el desempeño del estudiante en las demás asignaturas en al año inmediatamente anterior . Para el caso de las sedes rurales se promueve cuando el estudiante obtenga los desempeños indicados en el programa escuela nueva .
El estudiante que al finalizar el año lectivo repruebe hasta dos asignaturas y necesite cambio de institución , su traslado procede como no promovido
Cuando un estudiante no es promovido por que no obtuvo los desempeños básicos en 3 asignaturas o más , podrá solicitar evaluación de suficiencia académica para todas las asignaturas no aprobadas , en la Coordinación Académica , en los primeros 5 días hábiles del primer periodo . Dicha evaluación , por asignaturas , se aplicará durante la semana siguiente ; en todo caso el estudiante no presentará dos evaluaciones el mismo día . La no aprobación de una de las asignaturas implica suspensión del proceso ; en este caso , el estudiante debe continuar el grado no aprobado .
El estudiante que curse el grado undécimo y tenga desempeños pendientes por evidenciar deberá solicitar el apoyo en el año lectivo siguiente y cumplirlo en las fechas establecidas para los no aprobados , de no hacerlo se considera reprobado .
2 . Para el caso del Programa de Formación Complementaria , ante la pérdida de 3 asignaturas , el estudiante reprobará el semestre por insuficiencia académica ; para su reingreso deberá esperar a que la institución programe el semestre perdido . Si la reprobación se da en 1 o 2 asignaturas , procederá lo estipulado en el acápite anterior , así : puede realizar plan de recuperación durante las dos primeras semanas del semestre lectivo siguiente con el acompañamiento del docente , si las aprueba será promovido , si aprueba una asignatura y reprueba la otra tendrá una nueva oportunidad de recuperación en una semana adicional consecutiva , si aprueba será promovido , en caso contrario se analizará su promoción por parte de la comisión de evaluación de acuerdo con el desempeño del estudiante en las demás asignaturas en al semestre inmediatamente anterior .
La no aprobación de la Práctica Pedagógica , en la Formación Complementaria , implica la repetición .
No será promovido al grado siguiente el estudiante que haya faltado al 20 % de las clases del año escolar , sin excusa debidamente justificada . En la formación complementaria el 20 % de inasistencia aplica para el semestre . En lo que respecta a las inasistencias justificadas , la promoción estará supeditada al desempeño del estudiante en la obtención de las competencias .
El estudiante que por inasistencia injustificada no sea promovido deberá repetir el grado .