orientación profesional y asistencial, dada por personas competentes en materia de educación,
cuándo y dónde sean necesarias, tendientes al fortalecimiento de la situación total de la
enseñanza y el aprendizaje.”
Soler (1994, p.70) menciona que “ha quedado la supervisión más asimilada al
asesoramiento, la guía o la orientación, incluso como una de las funciones de la inspección;
mientras que ésta se ha identificado con la vigilancia, el control y la fiscalización”. Terigi (2010,
p. 6) reflexiona sobre la ambigüedad al momento de utilizar los términos inspección y
supervisión:
“una definición atenta a la genealogía de los sistemas de inspección y supervisión tiende a
contraponer los dos términos, acercando inspección al modelo clásico de fiscalización y control
jerárquico y supervisión a funciones de asesoramiento y apoyo a las escuelas. Sin embargo, en la
realidad de los distintos países las terminologías divergen y esa correspondencia no se verifica:
sistemas crecientemente orientados a la mejora escolar como el inglés conservan la
denominación inspección, en tanto sistemas que emplean la expresión supervisión escolar
pueden limitar el servicio a tareas de fiscalización y control, como se verá para tanzania. En
algún caso (chile) el término inspección designa una figura totalmente diferente: contadores
especializados que fiscalizan el funcionamiento financiero de las escuelas”.
1.2) observación de clases
Sobre la práctica de observación de clases soler (1994, p. 579) afirma que es el término
que mejor define la actividad inspectora y que es una actividad clave ya que se lleva a cabo
donde el hecho educativo está ocurriendo y en donde se materializan las decisiones adoptadas en
otros ámbitos. Soler (1994, p. 580) también considera que es necesario que la persona que realice
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