Revista Visión Universitaria - EESJojutla Febrero.2016 | Page 27

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ARTÍCULO 5.- DE LOS CASOS NO PRE- VISTOS EN EL PRESENTE ORDENA- MIENTO. Es facultad del Consejo Técnico de la unidad académica, resolver los asuntos no previstos en el presente Reglamento, siempre que la solución no contravenga lo establecido en el Reglamento General que establece las normas mínimas de las salidas académicas de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos.
CAPITULO SEGUNDO DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS SALI- DAS ACADÉMICAS
ARTÍCULO 6.- DEL OBJETIVO Y MODA- LIDADES DE LAS SALIDAS ACADEMI- CAS. El objetivo primordial de la salida académica debe ser el desarrollar habilidades y reforzar de manera pertinente la formación de los alumnos de la institución. Las modalidades de las salidas académicas objeto del presente ordenamiento serán de dos tipos: programadas y no programadas. ARTÍCULO 7.- DE LAS SOLICITUDES DE SALIDAS ACADEMICAS PROGRAMA- DAS. Cuando las condiciones de la salida académica así lo permitan, el trabajador académico o trabajadores académicos que requieran realizar una salida académica programada, lo harán del conocimiento por escrito al Jefe de Carrera según corresponda su programa académico, con al menos treinta días naturales anteriores al inicio de cada semestre lectivo, quien a su vez lo remitirá en un término no mayor a tres días hábiles al Secretario Académico quien será el responsable de presentar la referida solicitud ante el Presidente del Consejo Técnico de la Escuela. El Presidente del Consejo Técnico de la Escuela remitirá la solicitud y sus anexos al Pleno del mismo para su análisis y resolución. La resolución que al efecto se emita no admitirá recurso alguno. La salida académica programada obligatoriamente deberá vincularse con los contenidos
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de los programas académicos y educativos, los planes de estudios que se imparten en la Unidad Académica, así como estar contenida en la respectiva planeación didáctica. Sin excepción alguna no se autorizaran salidas con fines recreativos y de otra índole que signifiquen contraindicación a lo previsto en los párrafos anteriores.
ARTÍCULO 8.- DE LOS ANEXOS A LA SOLICITUD DE SALIDA ACADÉMICA PROGRAMADA. El trabajador académico o trabajadores académicos que propongan la realización de la salida programada, deberán incluir en su solicitud lo siguiente: I.- La fecha, sede y horario de una plática informativa que el solicitante realizará con los alumnos, con el objeto de comunicar el motivo por el que se realizará la salida académica, los objetivos, lugar, justificación, fecha de salida y regreso, personal académico responsable, número de alumnos participantes y otros datos pertinente a informar. En dicha sesión deberá recabarse inexcusablemente el llenado y firmas de la carta responsiva correspondiente por parte de los alumnos; II.- El programa de actividades de la salida académica; III.- El itinerario de transportación, en que se indiquen fechas, horarios y lugares de salida y llegada a las instalaciones de la Escuela; IV.- El nombre del trabajador académico responsable por cada unidad de transporte; y V.- Adjuntar en la documentación de la empresa y unidades de transporte que se proponen contratar que a continuación se consigna: a) El contrato de transporte correspondiente; b) Los documentos pertinentes que acrediten que pueden prestar legalmente el servicio de transporte objeto de la salida académica; c) Contar con seguro de viajero de cobertura amplia vigente; d) La revista mecánica actualizada de cada unidad de transporte a utilizarse;

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