Revista Visión Universitaria - EESJojutla Febrero.2016 | Page 25

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su dictaminación y votación . VII . Que uno de los planteamientos que merece destacarse del presente proyecto normativo es que el mismo fue construido partiendo de la premisa de que las salidas académicas revisten una gran casuística en su tratamiento por lo cual su pretensión y alcance es el de ser un ordenamiento marco que deberá ser puntualizado con normas complementarias ajustadas a las necesidades y contextos específicos de esta Unidad Académica .
VIII . Que una vez expuesto lo anterior , se indica que este proyecto reglamentario cuenta con diecinueve artículos ordinarios divididos en cuatro capítulos y un transitorio .
El Capítulo Primero de este proyecto se denomina “ Disposiciones Generales ” en el cual se aborda lo relativo al ámbito de validez y aplicación , así como los términos más utilizados y los principios y criterios vinculatorios en materia del presente ordenamiento . El Capitulo Segundo “ De la Organización de las Salidas Académicas ” se prevén los requisitos de los trabajadores académicos responsables deberán cubrir para que el titular de la unidad académica , lo remita al Consejo Técnico para que autorice la respectiva salida académica . El Capítulo Tercero intitulado “ De las medidas aplicables para las salidas académicas ”, se estipulan los protocolos a observar en materia de este ordenamiento y previene una serie de lineamientos para el caso de que se presente algún siniestro o contingencia . Finalmente , en el Capítulo Cuarto denominado “ De los Derechos de los Asistentes ”, se establecen los derechos con los que cuentan tanto los trabajadores académicos como los alumnos participantes en la actividad académica . Por lo antes expuesto , en virtud de lo establecido por los artículos 103 fracción V y 104 fracción IV del Estatuto Universitario , me permito someter al análisis y dictaminación de este Consejo Técnico , el presente proyecto normativo de :
REGLAMENTO INTERNO QUE ESTA- BLECE LAS NORMAS DE LAS SALIDAS ACADÉMICAS DE LA ESCUELA DE ESTUDIOS SUPERIORES DE JOJUTLA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MORELOS .
CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
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ARTÍCULO 1 . - DEL OBJETO DEL PRE- SENTE REGLAMENTO . El presente reglamento tiene por objeto establecer el marco interno de regulación de las salidas académicas que se realicen por parte de la Escuela de Estudios Superiores de Jojutla , mismo que no contravendrá lo establecido en el Reglamento General que establece las normas mínimas de las salidas académicas de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos . ARTÍCULO 2 . - DE LOS TÉRMINOS MÁS UTILIZADOS EN EL PRESENTE REGLA- MENTO . Para efectos de este Reglamento se entiende : I . Alumno . - Usuario de los servicios académicos que se encuentra debidamente inscrito en alguno de los programas educativos de la Escuela de Estudios Superiores de Jojutla . II . Escuela . - La Escuela de Estudios Superiores de Jojutla . III . Programa académico . - Conjunto organizado de actividades y recursos aprobados por el Consejo Universitario de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos , que contribuyen a la formación de recursos humanos , a la investigación , la producción , así como a la extensión de los servicios y / o difusión de la cultura . IV . Programa educativo . - Conjunto organizado de actividades y recursos aprobados por el Consejo Universitario de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos , con el que se realiza la función docente en un

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