AMÉRICAS
35
como la víctima si es que esta se encuentra constituida en parte civil; corresponde a una nueva Sala
Penal de Ayacucho revisar la sentencia impugnada, expresando que la competencia y juez natural
es de Ayacucho, subsecuentemente no puede delegarse a la ciudad de Lima esta competencia.
Víctima Arlette Contreras en lucha de sus derechos por sentencia injusta.
Fuente: elcomercio.pe
REFERENCIAS
Diario oficial El Peruano (2016) Nuevo Código Penal Artículo 92°: Recuperado de spij.minjus.gob.pe
Diario oficial El Peruano (2016) Nuevo Código Penal Artículo 108°-B: Recuperado de spij.minjus.gob.
Fuente: upcnsfe.com.ar