de los diferentes procesos (pág. 10).
2.1. El docente en el aula y el alcance de sus competencias
En este inciso es importante destacar, que el director o directora, como
líder de la gestión escolar, puede bien, lograr una participación racional,
equilibrada y discreta, entre los integrantes de la comunidad, familia y escuela,
si crea el punto medio entre los intereses y necesidades de los estudiantes y
los del propio talento humano que labora en la institución escolar, con una
visión holística, integradora y más humana.
Sin embargo, la insuficiente participación de la familia en los asuntos de
la escuela queda evidenciada ante el escaso interés demostrado por los
padres, madres y representantes en la evolución de sus hijos, lo cual es
detectado a través de la irrisoria o nula asistencia de estos a las reuniones y
visitas al centro escolar, dejando solo al docente sin el apoyo necesario para
complementar la praxis educativa.
En relación a esto último, la Ley Orgánica de Educación como norma,
no solo regula, estructura, y establece las directrices del Sistema Educativo en
el territorio venezolano. También, promueve y estimula la participación
protagónica y el fortalecimiento del poder popular, en la democratización del
saber y en la promoción de la escuela como espacio de formación ciudadana
y de participación comunitaria. No obstante, tal premisa se convierte en letra
muerta, sí el docente, se convierte en obstáculo para la concreción de los fines
contenidos en la Constitución y leyes de la República.
Bajo este marco, es responsabilidad del docente, liderar, guiar, orientar,
formar y educar a sus representantes hasta llevarlo a niveles de mayor
conciencia y compromiso en cuanto a su rol como garante, en la formación y
educación de sus hijos, facilitando en este sentido la concreción del hecho y
gestión educativa. demostrando como la participación comunitaria y la gestión
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Arbitrado
el sentido de la corresponsabilidad, permitiendo la ejecución y cumplimiento