ser la institución académica orientada al compromiso que posee con las tres
tareas fundamentales, necesarias en todo proceso social como son: la
instrucción y formación de nuevas generaciones; la investigación, creación,
mantenimiento, difusión de conocimientos; y servir de modelo social en cuanto
a organización comunitaria, intelectual y democrática del conocimiento. Por
esto, una institución de Educación Universitaria debe responder a las
necesidades inmersas en los contextos a las que pertenecen en cuanto, a si
sus carreras son las necesarias, de calidad y sus programas están
actualizados.
Esta responsabilidad social nace de la propia Ley de Universidades
(1970), al expresar:
Las universidades son instituciones al servicio de la nación y a
ellas corresponde colaborar en la orientación general de la vida
del país mediante su contribución doctrinaria en el
esclarecimiento de los problemas nacionales, de tal manera
que la responsabilidad social de las universidades tiene una
traducción específica, dada la naturaleza de esas instituciones
(art. 2).
De este modo, la responsabilidad social de la universidad, es vista como
creadora de sapiencias, donde su primordial instrumento para transmisión de
la experiencia cultural, científica, acumulada por la humanidad, donde deberá
proyectar su actividad académica de formar un hombre del hoy-futuro, que
según Gradolí (2015), en su resumen del informe a la UNESCO de la Comisión
Internacional sobre la Educación para el siglo XXI presidida por Jacques
Delors, el cual afirma:
Fundamentalmente, la UNESCO contribuirá a la paz y al
entendimiento mutuo entre los seres humanos al valorizar la
educación como espíritu de concordia, signo de una voluntad
de cohabitar, como militantes de nuestra aldea planetaria, que
debemos concebir y organizar en beneficio de las generaciones
futuras. En ese sentido, la Organización contribuirá a una
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Arbitrado
convertido en uno. En este momento, las universidades enfrentan el reto de