función sanadora y reparadora del humano se centra fundamentalmente en el
animal, quien realmente produce una transformación en el paciente, de allí la
gran importancia que posee este animal en dicho proceso.
8. Respetar los procesos biológicos del animal
El animal posee necesidades biológicas y fisiológicas, que deben ser
respetadas, por ello, no puede someterse a horarios o sesiones extenuantes
que impidan su natural desenvolvimiento, a fin de cubrir requerimientos
terapéuticos de humanos.
En este sentido, el caso de canes que participan en terapias, tienen
derecho a realizar sus necesidades con naturalidad, se le debe tener agua
siempre disponible durante el transcurso de la misma, igualmente debe ser
alimentado con una dieta acorde a su raza, tamaño y corpulencia, de tal
manera que pueda recuperar las energías consumidas, manteniendo un peso
corporal idóneo, debe respetarse un tiempo de descanso suficiente, para que
el sueño resulte reparador, evitando el uso de fármacos o drogas en procura
de mejores resultados o estimular interacción.
Es preciso acotar que la Declaración Universal de los Derechos del
Animal (1977b), en su artículo 2, el literal a, establece que: “a). Todo animal
tiene derecho a ser respetado…”, asimismo el mismo artículo en su literal c,
dispone: “…c). Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados
y a la protección del hombre”. Y el artículo 7 dispone: “Todo animal de trabajo
tienen derecho (…) a una alimentación reparadora…”
Se hace necesario referirse de manera específica a la delfinoterapia,
como una de la terapias con animales más atacadas por los activistas y
animalistas, precisamente por no respetar los procesos biológicos naturales
de los cetáceos, partiendo de apartarlo de su hábitat natural para ponerlo en
cautiverio, así como las experiencias que se han tenido en diversas partes del
284
Arbitrado
animales, independientemente que el objetivo lo marque el terapeuta, la